Cómo registrar tu marca

y otros detalles legales

Dejamos de lado nuestros prejuicios burocráticos y nos encomendamos a la tarea de registrar nuestra marca: una acción clave para profesionalizar, diferenciar y comercializar nuestro emprendimiento. Registrar nuestra marca es crecer ¡Que comience la aventura!

Algunas cuestiones prácticas

Sí, el registro de la marca es un acto administrativo. No es difícil. En nuestro país el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), es el órgano administrativo que cuenta con la potestad para conceder o denegar una solicitud de una marca en trámite. El INPI se encuentra en la calle Paseo Colón 717 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el Piso 1 te vas a encontrar con la Dirección de Marcas.

El tiempo que tarda el registro en conceder una marca que no ha sido objeto de oposición u observación es de aproximadamente 18 meses.

Tip:

A la hora de registrar una marca lo primero que se debe hacer es una búsqueda de antecedentes y de disponibilidad de la marca. Es clave averiguar si la marca se encuentra inscripta en la categoría que la queremos registrar.

¿Qué me piden?

Para registrar una marca te van a pedir que presentes una solicitud que tiene que incluir: nombre completo del titular, DNI, CUIL O CUIT, domicilio real y electrónico, según las condiciones que fije la reglamentación, la descripción de la marca y la indicación de los productos y/o servicios que va a distinguir.

Algunas limitaciones

¿Hay algo que no pueda registrar? Por supuesto que sí ¿Tenés para anotar?

No se consideran marcas y no son registrables:

  • Los nombres, palabras y signos que constituyen la designación necesaria o habitual del producto o servicio a distinguir, o que sean descriptos de su naturaleza, función, cualidades u otras características;
  • Los nombres, palabras, signos y frases publicitarias que hayan pasado al uso general antes de su solicitud de registro;
  • La forma que se dé a los productos;
  • El color natural o intrínseco de los productos o un solo color aplicado sobre los mismos.

No pueden ser registrados como marcas:

  • Una marca idéntica a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios;
  • Las marcas similares a otras ya registradas o solicitadas para distinguir los mismos productos o servicios;
  • Las denominaciones de origen nacional o extranjeras. Se entiende por denominación de origen el nombre de un país, de una región, de un lugar o área geográfica determinado que sirve para designar un producto originario de ellos y cuyas cualidades y características se deben exclusivamente al medio geográfico. También se considera denominación de origen la que se refiere a un área geográfica determinada para los fines de ciertos productos.
  • Las marcas que sean susceptibles de inducir a error respecto de la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de elaboración, función, origen de precio u otras características de los productos o servicios a distinguir;
  • Las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres;
  • Las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos, que usen o deban usar la Nación, las provincias, las municipalidades, las organizaciones religiosas y sanitarias;
  • Las letras, palabras, nombres o distintivos que usen las naciones extranjeras y los organismos internacionales reconocidos por el gobierno argentino;
  • El nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin su consentimiento o el de sus herederos hasta el cuarto grado inclusive;
  • Las designaciones de actividades, incluyendo nombres y razones sociales, descriptivas de una actividad, para distinguir productos. Sin embargo, las siglas, palabras y demás signos, con capacidad distintiva, que formen parte de aquéllas, podrán ser registrados para distinguir productos o servicios;
  • Las frases publicitarias que carezcan de originalidad.

Parece un montón, pero con seguridad tu marca cumple con todos los requisitos

¿Cuánto dura el registro?

En primer lugar, lo que hace el registro es crear una fecha cierta y, como todo registro, es oponible a terceros. Es decir, que podés probar frente a terceros que la marca es tuya. Una vez que se presenta la solicitud de marca, lo que obtiene el titular –vos– es un derecho en expectativa que se va a consolidar una vez que te otorguen el título de la marca.

Cuando seas titular de una marca vas a tener el derecho al uso exclusivo en toda la República Argentina por una década, desde la fecha de concesión del registro. Una vez que venza este plazo la vas a poder renovar por otros 10 años, siempre y cuando hayas utilizado la marca en los últimos 5 años.

¿Qué gano una vez que me conceden el registro?

Vas a tener la facultad de impedir que se registre una marca idéntica o similar a la tuya. También, vas a poder realizar licencias de uso de la marca, cediéndola, pero eso es otra historia. La marca es un bien, es una propiedad industrial, y como cualquier bien se puede vender, franquiciar y transferir.

Por otro lado, es preciso destacar el derecho de prelación o prioridad que manifiesta que el primero en solicitar la marca tendrá mejor derecho: “primero en el tiempo, primero en el derecho”.

En la Argentina, tenemos un sistema atributivo para la adquisición de la marca y para su derecho exclusivo de uso. Esto se encuentra plasmado en el artículo 4 de la ley 22.362: “La propiedad de una marca y la exclusividad de uso se obtienen con su registro. Para ser titular de una marca o para ejercer el derecho de oposición a su registro o a su uso se requiere un interés legítimo del solicitante o del oponente”.

Principios del derecho marcario

¿Demasiada información? Una cosa más: existen dos principios del derecho marcario que debés tener en cuenta a la hora del registro:

  • Principio de Territorialidad: las marcas son territoriales, esto quiere decir que el titular de una marca va a tener el derecho al uso exclusivo de la marca registrada únicamente en el país en donde se concedió.
  • Principio de Especialidad: en el año 1957 durante el Acuerdo de Niza, se creó el nomenclador internacional de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas. Existen 45 clases. Las primeras 34 son de productos y las restantes son de servicios. El Principio de Especialidad determina el ámbito de aplicación de la marca, protege aquellos productos o servicios que han sido registrados en una determinada clase.

Llegó la hora de dar el salto

Esto es todo lo que tenés saber a la hora de registrar tu marca. Como vimos, es algo muy importante pero no deja de ser un trámite. Ahora es tiempo de crecer y dejar los miedos atrás ¡Es tiempo de comenzar la aventura de tu nuevo emprendimiento!

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POR: Gini Terrile
Agente de la Propiedad Industrial. Abogada Especialista en Propiedad Intelectual y en Derecho de Familia y Sucesiones. Trabajé en varios estudios jurídicos y hace 5 años fundé mi estudio Terrile y Asociados. De las cosas que más valoro de mi trabajo es tener la posibilidad de acompañar y asesorar a los emprendedores.Trabajar con personas que con tanto coraje deciden salir de la zona de confort y se lanzan al vacío por un proyecto hacen que cada día me levante con un nuevo desafío.

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