Novedades - Impuesto PAIS

Te contamos que a partir del lunes 23 de diciembre de 2019 algunas operaciones sufrieron modificaciones, debido a la publicación de la Ley N°27.541.

Esta ley establece un impuesto del 30% sobre:

  • Las operaciones en moneda extranjera que se realicen con tarjetas de crédito, débito y recargables
  • Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera

El 27 de diciembre de 2019 se publicó el Decreto 99/2019 sobre la Ley N° 27.541 que dispone:

Alícuota reducida al 8% sobre Servicios digitales:

  • Algunos de los servicios digitales incluidos son las plataformas de descarga de música, películas o contenidos audiovisuales. También la descarga de juegos en línea, mantenimiento de sitios web, servicio de internet, entre otras. Ej: Spotify, Netflix, Apple, Google, entre otras.

IMPORTANTE:

¿Tengo que pagar el Impuesto PAIS que se incluye en mi liquidación en pesos, si pago en dólares mis consumos del exterior?

NO, siempre que realices el pago en dólares una vez cerrada la liquidación y hasta el mismo día de su vencimiento. Si abonás en dólares tus consumos en el exterior antes del cierre de tu liquidación o el día posterior al vencimiento de la misma, aplicará el Impuesto PAIS.

Si en tu liquidación tenés consumos en dólares y abonás la totalidad de los mismos en esta misma moneda (débito en cuenta o pago por ventanilla), no corresponde que pagues el Impuesto PAIS que figura liquidado en tu resumen de tarjeta. Al “saldo actual” en pesos, tenés que decontarle el monto correspondiente al Impuesto PAIS (“DB impuesto PAIS 30%” o “DB impuesto PAIS 8%”). Eso será lo que tenés que abonar en pesos.

Te mostramos un ejemplo:

Si pagás tu “saldo actual” de U$S 197,24 en dólares, entonces a tu “saldo actual” en pesos de $44.688,17 tenés que restarle $4.482 (“DB impuesto PAIS 30%”). Tu “saldo actual” en pesos pasará a ser de $40.206,17 y eso es lo que tenés que pagar..

Si tengo débito automático por el saldo total de mi tarjeta de crédito y quiero pagar con dólares mis consumos en dólares ¿qué debo hacer?

  • Si deseas pagar tus consumos en dólares con moneda dólares deberás:
  • Realizar el Stop Debit del DA.
  • Ingresar el pago en moneda Dólar del saldo en U$S.
  • Ingresar el pago en moneda pesos de su saldo en pesos (si existiese) descontando el impuesto cobrado.

En caso de no realizar el stop debit el Banco debitará el saldo restante para completar el pago total (incluyendo el impuesto). En este caso el excedente correspondiente al monto del impuesto se verá reflejado en el próximo resumen como saldo a tu favor.

Eso dependerá de cuál sea tu cuenta “preferida” (que elegiste para realizar tus débitos en el exterior).

  • Si tu cuenta preferida es en Pesos:
    • Todos tus consumos en el exterior estarán alcanzados por el Impuesto PAIS.
    • También aplica en las compras en sitios virtuales en moneda extranjera.
    Tené en cuenta que para hacer el consumo tenés que tener fondos suficientes para el pago del mismo más el Impuesto PAIS..
  • Si tu cuenta preferida es en dólares:
    • Tus consumos se debitarán de tu cuenta en dólares. Estas operaciones no se encuentran alcanzadas por el Impuesto PAIS.
  • Adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes.

  • Gastos referidos a prestaciones de salud.

  • Compra de medicamentos.

  • Adquisición de libros en cualquier formato.

  • Utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

  • Gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.

  • Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinado a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la ley 25.054 y sus modificatorias.

En caso de que veas en tu resumen el cobro del impuesto por alguno de los consumos no alcanzados, podés presentarte en tu sucursal más cercana con la factura o ticket donde se detalle el producto/servicio adquirido para gestionar el reintegro de dicho monto.

  • Si tu cuenta preferida es en pesos, verás reflejada tu compra en dos movimientos: El consumo debitado en pesos y, separado de este, el cobro del impuesto bajo la denominación “DB. IMPUESTO PAIS 30%” u “DB IMPUESTO PAIS 8%.

  • Si tu cuenta preferida es en dólares, verás reflejada tu compra en un sólo movimiento.

Si querés cambiar esta preferencia, podés hacerlo desde tu Online Banking ingresando en Cuentas/Cambio de cuenta para operar en el exterior, y tu modificación quedará efectiva en el momento.

Si no has elegido una cuenta como preferida para operar en el exterior, tus consumos se debitan de tu cuenta en dólares por defecto, de acuerdo a lo dispuesto por el Banco Central.

En caso de que veas en tu resumen el cobro del impuesto por alguno de los consumos no alcanzados por el impuesto, podés presentarte en tu sucursal más cercana con la factura o ticket donde se detalle el producto/servicio adquirido para gestionar el reintegro de dicho monto.

Recordá que las extracciones en el exterior sólo pueden ser realizadas con débito en una cuenta en dólares (la tenés que tener seleccionada como “preferida”). Entendemos que estas operaciones no se encuentran alcanzadas por el IMPUESTO PAIS y por eso no lo estamos cobrando.