
¡Queremos seguir
acompañándote!
Si volvés a cobrar tu sueldo en Santander, ¡Tenemos un regalo especial para vos!(1)
| 🤔 | ¿Qué tenés que hacer? ¡Fácil! Compartí el CBU de tu cuenta Santander con tu empleador y ¡listo! |

$45.000
Black
Repartido en 3 cuotas de $15.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Crédito

$45.000
Platinum
Repartido en 3 cuotas de $15.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Crédito

$18.000
Infinity Gold
Repartido en 3 cuotas de $6.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Crédito

$18.000
Infinity
Repartido en 3 cuotas de $6.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Crédito

$6.000
SuperCuenta 3
Repartido en 3 cuotas de $2.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Crédito

$6.000
SuperCuenta
Repartido en 3 cuotas de $2.000 en tu Tarjeta Santander Visa de Débito
👉 Si por algún motivo, no podés volver a cobrar tu sueldo en el Banco, transferí mes a mes el monto mínimo definido para tu producto o paquete y disfrutá del matenimiento de cuenta ¡GRATIS!(2)
Disponible para cartera de consumo
(1) Válido desde el 01/06/2023 al 31/12/2023. Se acreditará en tu en tu Tarjeta Santander Visa de Débito para tu Super Cuenta $2.000 por mes durante 3 meses, siempre que recibas una acreditación de sueldo en tu cuenta. Para tu SuperCuenta 3 se acreditara en tu Tarjeta Santander Visa Crédito el valor $2.000 por mes durante 3 meses, siempre que recibas una acreditación de sueldo en tu cuenta, para tu Infinity o Infinity Gold se acreditara en tu Tarjeta Santander Visa Crédito el valor: $6.000 por mes, durante 3 meses, siempre que recibas una acreditación de sueldo en tu cuenta y para tu Platinum o Black se acreditara en tu Tarjeta Santander Visa Crédito el valor de $15.000 por mes durante 3 meses, siempre que recibas una acreditación de sueldo en tu cuenta. Ejemplo: si sos cliente Super Cuenta o Super Cuenta 3 y volvés a cobrar tu sueldo en Santander, se acreditará por este mes la suma de $2.000 (para tu Super Cuenta en la tarjeta Santander Visa de Débito y para tu Super Cuenta 3 en la tarjeta Santander Visa de Crédito en concepto de la primera cuota de tres, dentro de los 60 días posteriores a la primera acreditación de sueldo y así sucesivamente con las cuotas restantes. Tendrás tiempo hasta 31/03/2024 para recibir la totalidad de las 3 cuotas por haber vuelto a cobrar tu sueldo en Santander; si sos cliente Infinity o Infinity Gold y volvés a cobrar tu sueldo en Santander, se acreditará por este mes la suma de $6.000 en la tarjeta Santander Visa de Crédito en concepto de la primera cuota de tres, dentro de los 60 días posteriores a la primera acreditación de sueldo y así sucesivamente con las cuotas restantes. Tendrás tiempo hasta 31/03/2024 para recibir la totalidad de las 3 cuotas por haber vuelto a cobrar tu sueldo en Santander; si sos cliente Platinum o Black y volvés a cobrar tu sueldo en Santander, se acreditará por este mes la suma de $15.000 en la tarjeta Santander Visa de Crédito en concepto de la primera cuota de tres, dentro de los 60 días posteriores a la primera acreditación de sueldo y así sucesivamente con las cuotas restantes. Tendrás tiempo hasta 31/03/2024 para recibir la totalidad de las 3 cuotas por haber vuelto a cobrar tu sueldo en Santander.
(2) Válido desde el 01/10/2023 al 31/12/2023 siempre y cuando transfieras a tu cuenta en Santander los montos mínimos definidos por tipo de paquete entre el 01 y el 15 para Super Cuenta y entre el 01 y el 20 de cada mes para el resto de los paquetes. Se bonificará al 100% la comisión de mantenimiento de cuenta. Si un mes no cumplís con dicho monto o transferís fuera de la fecha indicada se cobrará la comisión vigente a ese momento. A partir del 01/10/2023 y hasta el 31/12/2023 el monto de transferencia mínima mensual para tu producto Super Cuenta será de $33.000, Super Cuenta 3 será de $43.000, Infinity será de $55.000, Infinity Gold será de $70.000, Platinum será de $110.000 y Black será de $190.000. Banco Santander Argentina S.A. es una sociedad anónima según la ley argentina. Ningún accionista mayoritario de capital extranjero responde por las operaciones del banco en exceso de su integración accionaria (Ley n° 25.738); tampoco lo hacen otras entidades que utilicen la marca Santander.
