ACUERDO ADUC – SEGURO DE VIDA (CITI)
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 5 a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría N° 10 a mi cargo, sito en Diagonal Roque Sáenz Peña 1211, piso 8°, C.A.B.A., comunica por dos días en los autos: “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/ Citibank N.A. y otros s/Ordinario”, Expte. N° 8432/2016 que en atención al acuerdo conciliatorio arribado en autos con fecha 29/10/2025 que fuera homologado con fecha 26/3/2026 el Banco Santander Argentina S.A. (como adquirente de la banca minorista de la Sucursal de Citibank N.A. establecida en la República Argentina) pone en conocimiento que otorgará un servicio de multiasistencias para aquellos consumidores finales a los que, en su condición de ex clientes de la Sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina, se les hubiera cobrado un cargo correspondiente a un seguro de vida sobre saldo deudor entre el 13/11/2015 y el 31/8/2016 (inclusive). El servicio de multiasistencias será prestado por S.O.S. S.A. y tiene los siguientes alcances: (1) Asistencia al hogar: (a) Servicios de plomería, servicios de gasista, servicios de electricista, servicios de cerrajería y servicios de vidriería (limitados a 3 eventos por año con un tope de $50.000 por cada evento), y (b) Servicios de técnico para mantenimiento general, servicios de asesoría de seguridad en el hogar y servicios de asistencia legal en caso de robo al domicilio (sin límite de eventos). (2) Asistencia odontológica ante urgencias: limitado a 1 evento por año con un tope máximo de $60.000. (3) Asistencia médica ante urgencia: (a) Enfermera a domicilio, terapias básicas físicas a domicilio, acompañante nocturno durante la hospitalización y asistencia en sala de urgencia por accidente laboral doméstico o de tránsito (limitado a 1 evento por año con un tope de $60.000), y (b) reintegro del 30% en farmacias (limitado a 2 eventos por año con tope de $60.000). (4) Asistencia tecnológica: atención telefónica las 24 horas (sin límite). Este beneficio estará vigente por el término de 12 meses contados desde el 4/6/2026. Para poder hacer uso del servicio deberán comunicarse con S.O.S. S.A. al siguiente teléfono: 0800-800-0367. El acuerdo y la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio www.pjn.gov.ar/consultadecausas; como también en www.aduc.org.ar y www.santander.com.ar y en los estrados del juzgado. Aquellos clientes y ex clientes que desearen apartarse de la solución general prevista en el acuerdo, deberán manifestar dicha circunstancia a través de un correo electrónico al e-mail: acuerdocolectivo@santander.com.ar con copia a info@aduc.org.ar manifestando que van a hacer uso del derecho de autoexclusión, dentro de los 90 días corridos desde la publicación de este aviso. El auto que ordena la medida dice en su parte pertinente “Buenos Aires, marzo de 2026. (...) En consecuencia, con la finalidad de optimizar la referida publicidad y otorgar transparencia al sistema de información, ponderando -además- la opinión vertida por el Ministerio Público Fiscal, cúmplase con la publicidad convenida en el acuerdo celebrado y publíquese el acuerdo por el plazo de dos días en el Boletín Oficial y el diario Clarín. (...) MARIA SOLEDAD CASAZZA JUEZA”.