Bases y condiciones del Concurso “Women By Women" 2024

BANCO SANTANDER ARGENTINA SA (en adelante, el “Organizador” y o el “Banco”) con domicilio en Av. Juan de Garay 151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza este concurso (en adelante, el “Concurso”), que quedará sujeto a las bases y condiciones que seguidamente se detallan (en adelante, las “Bases”).

1. ACEPTACION DE BASES 
La participación en el Concurso implica la aceptación sin reserva alguna de las Bases, así como también de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas. 

2. VIGENCIA
El Concurso estará vigente entre las 0.00 horas del día 09/09/2024 hasta las 23.59 horas del día 27/09/2024 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”), sin perjuicio de lo establecido en el punto 16 de estas Bases. El Concurso se regirá por la normativa vigente en la materia y, en especial, por estas Bases. Será válido en todo el territorio de la República Argentina, excepto en las provincias de Formosa, Jujuy, Río Negro, Neuquén, Tierra del Fuego, Salta y Mendoza (en adelante, el “Territorio”). 

3. PARTICIPANTES:
3.1. Pueden participar en el Concurso (en adelante, la “Persona Participante” y en plural, las “Personas Participantes”): 
“Personas Participantes Clientes”: Personas humanas mayores de dieciocho (18) años que estén adheridas al Programa Women del Banco, al momento de participar, con domicilio y productos radicados dentro del Territorio. 
“Personas Participantes No Clientes”: Personas humanas mayores de dieciocho (18) años que, al momento de participar, tengan domicilio dentro del Territorio. 
3.2. No podrán participar del Concurso: 
(i) Personas jurídicas.
(ii) Personas menores de dieciocho (18) años y/o que sean legalmente incapaces.
(iii) Personas físicas que cumplan con las condiciones del punto 3.1. pero poseen domicilio o tienen productos del Banco radicados fuera del Territorio.
(iv) Personas físicas que cumplan con las condiciones del punto 3.1. pero que se encuentren en mora, respecto de cualquiera de los productos o servicios ofrecidos por el Banco, por un plazo superior a los treinta (30) días al momento de efectuar el Concurso. 
(v) Directivos y empleados del Banco, ni empleados de sus afiliadas, subsidiarias o compañías vinculadas y los ex empleados que se hubieren desvinculado de los mencionados dentro de los treinta (30) días anteriores al comienzo de la Concurso y los parientes por consanguinidad o afinidad de esos empleados y ex empleados hasta el segundo grado inclusive y sus cónyuges.

4. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN
4.1. Podrán participar en el Concurso, las Personas Participantes que cumplan con el siguiente paso: 
a. Inscribir y completar el siguiente formulario: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScMLiWW-8u1GKYmYnwXAahEHEEW6s9TCdqBTR8mKto2wRB4lQ/viewform con los siguientes datos personales: Nombre, Apellido, Fecha de Nacimiento, Tipo y Número de Documento, Telefono, Mail, Provincia y Localidad, Red Social del Emprendimiento y/0 Linkedin.
 

5. SELECCIÓN DE GANADORES 
5.1. A través de un jurado compuesto por seis (6) miembros expertos en el mundo ambiental/sostenible/social, tecnológico, financiero, banca comercial, y una referente de Mujeres Argentinas Emprendedoras (en adelante, “MAE”) se valorarán aquellos proyectos presentados:
• De triple impacto, es decir, aquellos que tienen en su esencia el objetivo de contribuir a la construcción de un mundo sostenible, en el que la protección del ambiente sea una prioridad;
• Que transforman las vidas de otras mujeres y niñas;
• Que tengan como objetivo impactar positivamente en el bienestar social y que estén destinados a la educación, capacitación, inserción social y /o laboral y la mejora de salud;
• Que contribuyen a generar avances en materia de tecnología; y
• Que poseen un plan de escalabilidad financiera sólida. 
5.3. El Jurado preseleccionará a catorce (14) Personas Participantes (en adelante, las “Personas Preseleccionadas”) antes del 30/09/2024 en virtud de los criterios de evaluación mencionados en el punto 5.2 anterior, y cuatro personas suplentes (en adelante, las “Personas Suplentes”).
5.4. Las Personas Preseleccionadas deberán realizar una exposición describiendo su emprendimiento, a qué rubro se dedica y cuál es el estado de desarrollo de la idea de negocio. También deberán explicar la propuesta de valor de su negocio, su diferencial y por qué se beneficiaría del Premio, según se define debajo. 
En virtud de la calidad de la exposición que realicen, y tomando en cuenta los puntos detallados en el punto 5.2., el jurado seleccionará de las Personas Preseleccionadas a las ocho personas (en adelante, las “Personas Prefinalistas”).
5.5. Las Personas Prefinalistas deberán producir un video con un máximo de duración de 30 segundos para que el Banco los suba a sus redes sociales con el fin de convencer al público a que voten a su emprendimiento. Las Personas Prefinalistas deberán enviar el video a  con el objetivo de convencer a que las voten. Asimismo, deberán seguir las redes oficiales del Banco: Instagram https://www.instagram.com/santander_ar/ y Facebook https://es-la.facebook.com/Santander.Ar/. Si alguna de las Personas Prefinalistas no presentan el video, se le dará lugar a alguna de las Personas Prefinalistas Suplentes y se la designará como Persona Prefinalista. 
5.6. El Banco publicará los videos a su perfil oficial de Instagram durante 3 días consecutivos y los 4 (cuatro) videos más votados de acuerdo con los resultados de Instagram serán las personas ganadoras del Concurso (“Personas Ganadoras”). 
5.7. La selección final de las 4 (cuatro) Personas Ganadoras se realizará durante el día 14/10/2024 en Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si el día fijado fuese decretado como feriado, día no laborable o si por cualquier motivo el Banco no atendiera el público, la Selección se realizará en el mismo lugar y a la misma hora, el día hábil siguiente a dicha fecha. 

6. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE PERSONA GANADORA Y ASIGNACION DEL PREMIO. 
6.1. Las Personas Participantes que resulten Preseleccionadas, Prefinalistas y/o Ganadoras serán notificadas de su carácter de tal telefónicamente y/o por correo electrónico (en adelante, la “Notificación”), dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la realización de cada selección.
6.2. El Acto de Asignación, de acuerdo con la definición debajo, tendrá lugar dentro de los siguientes 10 (diez) días hábiles una vez finalizado el Concurso.
6.3. Si la Persona Ganadora no acreditara su identidad, y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 3 y/o 4 y/o 5 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. En caso de eliminación, el Banco procederá a notificar a quien haya resultado como Persona Prefinalista y no haya salido seleccionada conforme el pto 5.6.   Si no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 3 y/o 4 de estas Bases, quedará automáticamente eliminada y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. 
6.5. En caso de que por cualquier motivo algún Premio no fuera asignado a una Persona Ganadora, el mismo será de propiedad del Banco, quien podrá darle el destino que considere conveniente. 

7. DIFUSIÓN DEL GANADOR. 
7.1. Los datos de las personas que resulten designadas como Personas Ganadores de este Concurso serán anunciados en el Sitio web, perfiles oficiales de Instagram y Facebook y demás redes sociales del Banco una vez finalizado el Concurso.

8. PREMIO. 
8.1. El premio del Concurso (en adelante, el “Premio”) consistirá en que cada Persona Ganadora, para ambas categorías, según la posición obtenida en la votación de las redes: 
“Persona Ganadora” 4 (cuatro): 
-Capacitación MAE “Comunidad Emprendedora”virtual por tres meses. Consiste en 15 horas de formación en negocios, finanzas, legales, marketing y coaching, incluyendo material bibliográfico y ejercicios prácticos
⁠Tres horas de mentoria grupal en finanzas 
- Difusión en redes Santander y MAE
8.2. El Premio será asignado y entregado a las Personas Ganadoras dentro de los 10 días hábiles de la notificación de que resulto Persona Ganadora (en adelante, “Acto de Asignación”).  El Banco hará entrega del Premio a la Persona Ganadora a través de su correo electrónico. El envío del correo electrónico con la invitación a los Encuentros es prueba suficiente del recibo del Premio por parte de la Persona Ganadora. Los gastos e impuestos que se originen en virtud de la participación en el Concurso o del Acto de Asignación, serán asumidos en forma exclusiva por la Persona Ganadora.
8.3. Cada Premio será personal, y por ende es intransferible, y no podrá ser canjeado por otro premio al momento del Acto de Asignación bajo ninguna circunstancia. 

9. GASTOS Y/O IMPUESTOS.
9.1. Todo gasto e impuestos en el que deban incurrir las Personas Participantes y/o las Personas Ganadoras y/o sus acompañantes a fin de asistir al Premio, tales como gastos de internet, etc. serán a cargo de éstos, exclusivamente.

10. RESPONSABILIDAD. 
10.1. El Banco no se responsabiliza por ningún daño personal o material o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada a las Personas Participantes y/o Personas Ganadoras, y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro del Premio y/o Encuentros y/o utilización del mismo una vez que estos hayan sido entregados. 
10.2. Las Personas Participantes eximen expresamente al Banco de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por estos, proveniente del caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no resultare imputable en forma directa. Asimismo, las Personas Participantes eximen al banco de toda responsabilidad relacionada con cualquier tipo de vulneración a la propiedad intelectual de terceros. 
10.3. En caso de que los Encuentros se deban suspender temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, el Banco no tendrá responsabilidad alguna frente a las Personas Ganadoras. El Banco no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir las Personas Ganadoras en sus personas y/o bienes. El Banco tampoco responderá en caso de prórroga y/o en caso de que se modifique la ubicación de los Encuentros. 

11. AUTORIZACIÓN. 
11.1. Las Personas Participantes otorgan su consentimiento expreso al Banco a difundir sus nombres, DNI, voz, imagen y videos, conforme se detalla en el pto. 5.5. y 5.6.con fines promocionales, en el sitio web del Banco, Facebook, Twitter, Instagram y en otros instrumentos publicitarios y redes sociales, sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia.

12. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN. 
12.1. El Banco podrá prohibir la participación en el Concurso como así también podrá no otorgar el Premio del Concurso a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima del Concurso por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otras Personas Participantes, al Banco y/o empleados o funcionario del Banco sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. El Banco podrá bajar el contenido de videos y descalificar a las Personas Participantes que vulneren derechos de propiedad intelectual de terceros. 
12.2. El derecho a participar solo podrá obtenerse durante la Vigencia del Concurso. El Organizador no será responsable por pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en el Concurso o la recepción de la comunicación a los Ganadores.
12.3. El Banco podrá descalificar a los Personas Participantes que tengan un perfil falso o basado en datos falsos, y a aquel que suba alguna foto con contenido que pueda ser ofensivo, indecente, ilegal, peligroso, amenazante, abusivo, vulgar, obsceno, calumnioso, invasivo de la privacidad de terceros, discriminatorio, o de cualquier otra forma cuestionable. Se considerará que las participaciones han sido efectuadas por el propietario autorizado de la cuenta o perfil utilizado para participar en el Concurso. Se entenderá por “propietario autorizado de la cuenta” a la persona que se encuentre registrada como titular del perfil en Instagram o a quien un proveedor de acceso a Internet, proveedor de servicios en línea, u otra organización (por ejemplo: comercial, educativa, institucional), responsable de la asignación de direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección de correo electrónico relacionada con ese perfil, ha asignado la dirección de correo electrónico

13. BASE DE DATOS. 
13.1. Los datos de las Personas Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Banco para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de la base de datos es el Banco Santander Argentina S.A., CUIT: 30-50000845-4. Domicilio:  Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los datos personales brindados por el usuario y los que en el futuro brinde son de carácter facultativo y son recogidos a los fines de su participación en el Concurso y/o contratación u ofrecimiento de productos y servicios.
El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el Banco. 
13.2. En cumplimiento de la Resolución AAIP Nº 14/2018, le hacemos saber que la Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales. 
13.3. Al participar en el Concurso y facilitar sus datos al Banco, las Personas Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Banco con fines publicitarios y comerciales en general.

14. MEDIOS DE DIFUSIÓN DEL CONCURSO.
14.1. El Concurso podrá ser difundido a través de todos los medios masivos de comunicación incluyendo correos electrónicos, Online Banking, sucursales del Banco, sitio web http://www.santander.com.ar, y en las redes sociales. 

15. ACEPTACIÓN DE LAS BASES. 
15.1. Por el hecho de participar en la presente Promoción, las Personas Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web del Banco http://www.santander.com.ar. 

16. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN. 
16.1. El Banco se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar el Concurso en cualquier momento y sin previo aviso por razones que así lo justifiquen, y/o por fuerza mayor y/o caso fortuito.

17. JURISDICCIÓN.
17.1. Todas divergencias que pudieran surgir con relación al Concurso y a todos los efectos de misma, las Personas Participantes y el Organizador se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.
BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. 

Fechas 
09/09 – Inicio de Convocatoria
27/9 - Cierre de inscripciones
30/9- Preselección MAE de participantes para evento de pitch
03/10 – Confirmación por Santander de participantes preseleccionados
04/10 – Convocatoria a preseleccionadas al evento de pitch