Bases y condiciones – Juegos Olímpicos Paris 2024

1. DESCRIPCIÓN.
1.1. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA PARA PARTICIPAR O GANAR. La presente promoción (la “Promoción”) es organizada por el Banco Santander Argentina S.A. (el “Organizador” y/o “Banco” indistintamente) con domicilio en la calle Av. Juan de Garay N° 151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presente Promoción es sin obligación de compra de bien o servicio alguno y quedará sujeta a las condiciones que seguidamente se detallan (las “Bases”).

2. OBJETO.
2.1. A través de la presente Promoción se premiará a aquellos clientes del Organizador y/o a participantes que no sean clientes del Organizador (denominados conjuntamente los “Participantes”), que cumplan con las condiciones señaladas en el punto 4, y participen en el sorteo (según se define más adelante), conforme lo estipulado en los puntos 5, 6 y concordantes de estas Bases.

3. VIGENCIA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO.
3.1. La Promoción estará vigente a partir de las 00:00 horas del día 22/03/2024 y las 23:59 horas del día 31/05/2024, ambas fechas inclusive (el “Plazo de Vigencia”) y se regirá por la normativa que resulta aplicable en la materia y en especial por estas Bases, y será válida únicamente en las jurisdicciones en las que el Organizador posea sucursales en el territorio de la República Argentina mencionadas en el Anexo I, excluidas las provincias de Formosa, Neuquén, Salta, Rio Negro, Jujuy, Mendoza y Tierra del Fuego, ( “el Territorio”). 

4. PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
4.1. Podrán participar de la Promoción las personas físicas mayores de dieciocho (18) años, con domicilio en el Territorio que cumplan con algunas de las siguientes formas de participación:
4.1.1. Clientes Participantes (en adelante, los “Clientes Participantes”):
4.1.1.1. A los fines de estas Bases serán considerados Clientes Participantes todas las personas humanas que, durante el Plazo de Vigencia de la Promoción, revistan la calidad de clientes del Organizador en el Territorio y sean titulares de tarjetas de crédito Visa emitidas por el Banco (“Tarjeta/s de Crédito”).
4.1.1.2. A los fines de participar bajo esta modalidad, será condición, que al tiempo del sorteo el Cliente Participante no se encuentre en mora respecto de cualquier producto o servicio del Organizador por un período superior a noventa (90) días, ni quienes siendo titulares de los productos y servicios mencionados y encontrándose en mora por un período superior a noventa (90) días hubieren solicitado un préstamo para reestructurar su deuda o tuvieren su deuda en proceso de gestión de mora.
4.1.1.3. Quedan excluidas de la promoción: (i) las personas jurídicas, (ii) las personas físicas que fuesen titulares de otro tipo de productos y servicios de los expresamente mencionados, y (iii) personas físicas que cumplan con las condiciones de la cláusula 4 pero poseen productos radicados en sucursales ubicadas fuera del Territorio; o domicilio fuera del Territorio. Todo ello, con excepción de aquellos Participantes que opten por participar de la Promoción según el mecanismo descripto en el apartado 4.1.2 siguiente.
4.1.1.4. Todos los Clientes del Organizador que cumplieren con los requisitos para ser considerados Clientes Participantes, pero no desearen participar, deberán informarlo a través del servicio telefónico Súper Línea (011-4345-2400 o 0800-999-2400).
4.1.2. Participación Gratuita. Participantes No Clientes (en adelante, los “Participantes No Clientes”):
4.1.2.1. A los fines de estas Bases se entenderá que resultan Participantes No Clientes (i) aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años que no sean clientes del Organizador, o (ii) aquellos que siéndolo no cumplieren con los requisitos detallados en el apartado anterior. Los Participantes No Clientes podrán participar de forma gratuita en esta Promoción si entregan personalmente un dibujo de la llama del logo del Banco Santander Argentina S.A. en Av. Garay 151, piso 5, Ciudad Autónoma Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 horas, con la referencia “Sorteo Juegos Olímpicos Paris 2024”, o bien, enviando dicho dibujo por correo al Apartado Especial N° 50 (gratuito). Este envío deberá realizarse en un sobre blanco con los siguientes datos en el frente: Juegos Olímpicos Paris 2024.
Junto con el dibujo deberán comunicar Nombre y Apellido completo, DNI, fecha de nacimiento, dirección, número de teléfono de línea y celular; y correo electrónico.
4.1.2.2. Se aceptará la recepción solamente un (1) dibujo por persona y por semana. Al momento de la recepción de cada sobre con el dibujo por el Organizador, éste le dará entrada a cada uno de ellos mediante una constancia, y serán entregados oportunamente a un escribano, quien los abrirá y corroborará el cumplimiento de los requisitos mencionados precedentemente. Los sobres con los dibujos cuyos Participantes No Clientes estén repetidos, serán anulados y quedarán sin efecto alguno para la Promoción. La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos mencionados precedentemente impedirá la participación del sobre con el dibujo remitido.

5. CHANCES DE PARTICIPACIÓN.
5.1. Todos los Participantes podrán acumular chances durante el Plazo de Vigencia.
5.2. Los Clientes Participantes obtendrán 1 (una) chance por cada $10.000 (pesos argentinos diez mil) que el Cliente Participante registre como compras realizadas con la Tarjeta de Crédito durante el Plazo de Vigencia. Ejemplo: Si el día 25/03/2024 realizo una compra de $11.000, sumaré una chance para el Sorteo. Si el día 25/04/2024 realizo una compra de $9.000, como sumé $20.000 con la compra anterior, acumularé una chance más y tendré dos chances para el Sorteo.
Aclaraciones sobre la acumulación de chances:
• Las compras en cuotas realizadas con las Tarjetas de Crédito suman chances por el total de la compra realizada correspondiente a la fecha de ingreso de la compra en la Tarjeta de Crédito. Ejemplo: Si el 25/03/2024 realizo una compra de $10.000 en tres cuotas con la Tarjeta de Crédito, sumaré una chance para el Sorteo (correspondiente al momento en que ingresó la primera cuota de la compra), y no acumularé en adelante más chances por esta compra.
• Para el cálculo de chances por las compras en dólares, se tomará el tipo de cambio oficial del Banco Nación del día de la compra. En caso de fin de semana o feriado, se tomará la cotización del día hábil anterior.
• Las compras realizadas con las tarjetas de crédito Visa adicionales del Cliente Participante acumularán chances para el Cliente Participante (titular).
• No sumarán chances los débitos directos y/o débitos automáticos.
5.2.1. La asignación de chances será verificada por un sistema de interfaz informática.
5.2.3. El Banco pondrá a disposición de los Clientes Participantes la información sobre la generación de las chances por los medios de comunicación habituales del Banco para contactarse con sus clientes.
5.3. Participantes No Clientes: por cada Participante No Cliente que participe durante el Plazo de Vigencia de la forma dispuesta en el apartado 4.1.2., se le otorgará a éste una (1) chance por dibujo para participar en el Sorteo.

6. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.
6.1. A fin de determinar a los potenciales ganadores de la Promoción, entre todos los Participantes que hayan participado de la forma dispuesta en 4.1.1. o 4.1.2. durante el Plazo de Vigencia, se realizarán dos (2) sorteos el día 10/06/2024, en adelante, denominado el “Sorteo”.
El Sorteo tendrá lugar en el domicilio de la calle Avenida Juan de Garay N° 151, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de forma remota, según lo defina el Banco, frente a escribano público. Si el día fijado para el Sorteo fuese decretado como feriado o inhábil para la actividad bancaria, el Sorteo respectivo se realizará en el mismo lugar y a la misma hora, el día hábil inmediato posterior.
6.2. Para el Sorteo se seleccionarán al azar, a través de un sistema randómico, dos (2) Participantes, de cumplir con todos los requisitos expuestos en las presentes Bases, devendrán en Potenciales Ganadores de la Promoción (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es”). Adicionalmente, se seleccionarán diez (10) suplentes, en orden de puesto, en carácter de suplentes respecto de cada Potencial Ganador (en adelante, el/los “Potencial/es Ganador/es Suplente/s”), que reemplazarán al Potencial Ganador en el orden que fueron seleccionados, si éste no cumpliera con los recaudos expuestos en las presentes Bases o no pudiera ser correctamente notificado.
6.3. Cada Potencial Ganador se convertirá en ganador de la Promoción (en adelante, el/los “Ganador/es”) una vez que se dé cumplimiento con lo dispuesto en el apartado 9 de las presentes Bases. Ante el supuesto que el Potencial Ganador quiera transferir el Premio, en caso de que finalmente resultara Ganador, deberá concurrir al Acto de Asignación -conforme la definición que se da a este término en el inciso 9.1. del punto 9 de estas Bases- acompañado de la persona a quien pretenda designar como Beneficiario - conforme la definición que se da a este término en el inciso 9.10. del punto 9 de estas Bases - y ajustar la designación al mecanismo estipulado en las presentes Bases.
6.4. Aquella persona que con motivo de alguno de los Sorteos anteriores hubiera: i) resultado Potencial Ganador y/o Ganador, y/o ii) resultado designado Beneficiario conforme este término se define en el punto 9.8 de estas Bases por el Ganador; y/o iii) siendo Potencial Ganador Suplente hubiera sido designado como Potencial Ganador, según se estipula en el inciso 6.2. del punto 6 de estas Bases; quedará automáticamente excluida de todos los Sorteos que se realicen posteriormente al momento en que hubiera resultado y/o sido designado Potencial Ganador, Ganador y/o Beneficiario, según corresponda en cada caso.

7. PREMIOS.
7.1. Los premios (en adelante, los “Premios”) de la presente Promoción consisten en: Dos (2) viajes a Paris entre el 01/08/2024 al 05/08/2024 (en adelante, el/los “Viaje/s”), correspondiéndole a cada Ganador un (1) Viaje. Cada Viaje incluirá:
• Dos (2) pasajes aéreos para el tramo Buenos Aires (Argentina) / Paris (Francia), ida y vuelta para cada Ganador o Beneficiario (tal y como este término se define en el punto 9.7.), en línea aérea a elección del Organizador, correspondiéndole un pasaje para cada Ganador o Beneficiario y uno para su acompañante.
• Cuatro (4) noches de alojamiento para cada Ganador o Beneficiario y su acompañante en un hotel cuatro estrellas, The Hoxton Paris, en la ciudad de Paris. Incluye el desayuno y algunos snacks diarios. Cualquier otro servicio que ofrezca el hotel deberá ser abonado por el Ganador o Beneficiario.
• Dos (2) entradas para 3 eventos preseleccionados (Tickets Categoría B): Tenis, Atletismo y Gimnasia Artística.
• Una (1) Tarjeta Visa Prepaga con U$D400 (dólares americanos cuatrocientos). 
• Dos (2) Paris Tourist Pass (Ej. Hop-On, Hop-Off)
• Visa Concierge localizado en el Hotel.
• Transfers de/hasta el aeropuerto al hotel (vía Motorcoach)
• Desayuno y snacks incluídos en el hotel.
• Regalos/Amenities por U$D 400 (dólares americanos cuatrocientos).
7.2. Cada uno de los Ganadores o Beneficiarios se encuentran facultados a elegir libremente a su acompañante, quien deberá ser mayor de 18 (dieciocho) años, sin excepción.
7.3. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los expresamente detallados en estas Bases.
7.4. Los Premios no podrán ser canjeados por su equivalente en dinero en efectivo, en ninguna circunstancia.
7.5. Será total y absoluta responsabilidad del Ganador y/o en su caso del Beneficiario gestionar y obtener toda la documentación necesaria para sí y/o para su acompañante para entrar, permanecer y salir de Francia en las fechas estipuladas. Por tanto, queda expresamente establecido que el Organizador no asume ni asumirá ninguna responsabilidad en tal sentido.

8. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE POTENCIALES GANADORES.
8.1. El Participante que resulte Potencial Ganador Titular será notificado de su carácter de tal telefónicamente o de manera electrónica al correo electrónico registrado en el Organizador o mediante el envío de una carta documento al domicilio registrado en el Organizador, o, en el caso de los Participantes No Clientes, al correo electrónico oportunamente informado o mediante el envío de una carta documento al domicilio informado, según lo defina el Banco en cada caso (en adelante, la “Notificación”), dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la realización del Sorteo.

9. ACTO DE ASIGNACIÓN.
9.1. El Acto de Asignación del Sorteo tendrá lugar dentro de los siguientes 45 (cuarenta y cinco) días del Sorteo y se hará presencialmente o de forma remota. Para convertirse en ganador (en adelante, el “Ganador”), el Potencial Ganador Titular deberá acreditar su identidad mediante la exhibición de su documento de identidad y cumplir con las siguientes condiciones: (i) No pese sobre el Potencial Ganador Titular restricción alguna emanada de autoridad judicial y/o administrativa, siendo que todo aquel que se encuentre embargado, inhibido, afectado a concurso preventivo, quiebra y/o sucesión judicial y/o reclamo judicial contra el Banco no podrá convertirse en Ganador; y (ii) el Potencial Ganador Titular no se encuentre en mora respecto de cualquier producto o servicio del Organizador por un período superior a treinta (30) días, ni quienes siendo titulares de los productos y servicios mencionados y encontrándose en mora por un período superior a treinta (30) días hubieren solicitado un préstamo para reestructurar su deuda o tuvieren su deuda en proceso de gestión de mora.
9.2. Si el Potencial Ganador Titular no acreditara su identidad, y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 4 y/o 5 y/o 9.1 de estas Bases y/o si sus datos personales no coincidieran con los informados oportunamente, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. En caso de eliminación del Potencial Ganador Titular, el Banco procederá a notificar, dentro de los siguientes diez (10) días al Acto de Asignación en cuestión, a quien haya resultado Potencial Ganador Suplente conforme el mismo mecanismo de notificación prescripto en el punto 8.1., quien será citado para participar en un nuevo Acto de Asignación, donde deberá acreditar su identidad presencialmente o de forma remota, mediante la exhibición de su documento de identidad.
9.3. En este último caso, cada Potencial Ganador Suplente reemplazará al Potencial Ganador Titular en el mismo orden de prelación en el que fue designado este último.
9.4. Si el Potencial Ganador Suplente citado no acreditara su identidad y/o no hubiere cumplido con lo indicado en los puntos 4 y/o 5 y/o 9.1 de estas Bases y/o si sus datos personales no coincidieran con los informados oportunamente, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno.
9.5. En caso de que por cualquier motivo algún Premio no fuera asignado a un Ganador, será de propiedad del Banco, quien podrá darle el destino que considere conveniente.
9.6. El Organizador podrá prorrogar la citación del Potencial Ganador si éste se encontrase de vacaciones e informase de manera fehaciente al Organizador que no puede concurrir en la fecha designada, a fin de que pueda concurrir al próximo Acto de Asignación que el Organizador fije a estos efectos.
9.7. Cada uno de Ganadores, una vez confirmado su carácter de tal en virtud de los dispuesto en el presente apartado, se encuentran facultados a transferir el Premio correspondiente exclusivamente en beneficio de alguno de sus parientes de primer grado por consanguinidad (padre, madre, hijo), o de su cónyuge (civilmente casado), o de los cotitulares y/o adicionales y/o solicitantes de sus productos en el Banco. A los efectos de las presentes Bases aquella persona a la que un Ganador le transfiera el Premio correspondiente, se denominará beneficiario del Premio (en adelante, el “Beneficiario”). A fin de que el Beneficiario adquiera tal carácter deberá: i) ser alguna de las personas que expresamente se mencionan en forma precedente y a cuyo favor se faculta al Ganador para transferir el Premio; ii) ser mayor de dieciocho (18) años; iii) en caso de ser Cliente del Organizador no encontrarse en mora con relación a algún producto y servicio del Organizador y/o con restricciones judiciales y/o administrativas en los mismos términos previstos en los puntos 4.1.1.2 y 9.1. de estas Bases; iv) no haber resultado Ganador Suplente, Ganador Potencial y/o Ganador de Sorteos anteriores a la fecha de su designación no haber sido designado Beneficiario con anterioridad por otro Ganador; y v) estar presente junto al Ganador en el Acto de Asignación. Queda expresamente aclarado que será considerada inválida por el Organizador la designación de Beneficiario que no cumpla con los requisitos aquí establecidos. En tal supuesto, el Organizador procederá a entregar el Premio al Ganador.
9.8. En caso de que alguno de los Ganadores decidiese designar un Beneficiario para el Premio, según los dispuesto en el punto 9.7., dicha designación deberá ser comunicada por el Ganador al Organizador por escrito en el Acto de Asignación. En tal supuesto, el Ganador deberá informar al Organizador los siguientes datos personales del Beneficiario, quien deberá encontrarse presente en el Acto de Asignación, tal y como se encuentra indicado en el inciso 6.4.del punto 6 de estas Bases y del acompañante del Viaje de éste: nombre y apellido completo, tipo y número de documento, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio, código postal, localidad, provincia, número de teléfono de línea y celular. En todos los casos el Ganador deberá entregar al Organizador toda la documentación del Beneficiario y/o el acompañante que le sea requerida. Una vez designado y notificado al Organizador los datos del Beneficiario, el mismo no podrá ser modificado. Toda transferencia efectiva y completa del Premio por parte del Ganador correspondiente a favor del Beneficiario, hará perder automáticamente al Ganador la posibilidad de gozar del Premio.

10. ENTREGA DE LOS PREMIOS.
10.1. Los Participantes que resulten Ganadores por haber salido sorteados de acuerdo con lo establecido en el punto 6.1. de las presentes Bases, por haber asistido al Acto de Asignación, o en su caso los Beneficiarios según lo dispuesto en la cláusula 9.7 y 9.8, se harán acreedores del Premio correspondiente y recibirán un documento (voucher) que representará el Premio, una vez concluido el Acto de Asignación. En caso de que el Ganador hubiera designado un Beneficiario será este quien, en su condición de tal, recibirá el voucher una vez concluido el Acta de Asignación en el que deberá estar presente.
10.2. La recepción del voucher será constancia suficiente de la recepción del Premio por parte del Ganador o Beneficiario. Queda expresamente establecido que la recepción del Premio por el Beneficiario será interpretada en el sentido de que éste último ha aceptado tácitamente las presentes Bases y que el Ganador o Beneficiario autoriza al Organizador a compartir su información personal con Visa Inc. y/o las filiales de esta última para la organización del Viaje.
10.3. Todo gasto en el que deban incurrir los Participantes y/o los Potenciales Ganadores y/o los Ganadores y/o los Beneficiarios a fin de retirar su correspondiente Premio, tales como gastos de traslado, estadía, etc. serán a cargo de éstos, exclusivamente.

11. DIFUSIÓN DE LOS GANADORES DE LA PROMOCIÓN.
11.1. Los datos de los Participantes que resulten seleccionados en los Sorteos serán anunciados en el sitio de Internet http://www.santander.com.ar (el “Sitio”), dentro de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas hábiles del Sorteo correspondiente.
11.2. Asimismo, los datos de los Ganadores y/o de los Beneficiarios que estos pudieren designar conforme lo establecido en estas Bases, serán anunciados en el Sitio dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles del Acto de Asignación.

12. RESPONSABILIDAD.
12.1. El Organizador no se responsabiliza de los daños, pérdidas (directas, indirectas y/o consecuentes), hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto los Participantes, y/o los Potenciales Ganadores, y/o Ganadores y/o Beneficiarios y/o sus acompañantes y/o a terceras personas, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro de los Premios y/o durante el uso de los Premios. El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Potenciales Ganadores, los Ganadores, los Beneficiarios o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación en la presente Promoción o por el uso del premio correspondiente obtenido, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Potenciales Ganadores, los Ganadores, los Beneficiarios, terceros y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante; (ii) por fallas en Internet, en la red telefónica, en el servicio de correo postal, ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción; y (iii) no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación con los Premios, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los proveedores de los mismos.
12.2. La responsabilidad del Organizador finaliza al poner a disposición de cada uno de los Ganadores o Beneficiarios el comprobante del Premio correspondiente, y de ninguna manera se extiende a los Viajes de los Ganadores y/o Beneficiarios y de los acompañantes más allá de lo dispuesto en el punto 7 de las presentes Bases. En caso de que algunos de los Viajes deban suspenderse temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, el Organizador no tendrá responsabilidad alguna frente a los Ganadores y/o Beneficiarios y sus acompañantes. El Organizador no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto los Ganadores y/o Beneficiarios y/o los acompañantes y/o terceros durante el Viaje. Los gastos no incluidos en las presentes Bases estarán a cargo de los Ganadores y/o Beneficiarios, incluyendo, pero sin limitarse a traslados desde la ciudad de origen de los Ganadores y/o Beneficiarios y/o acompañantes hasta el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, ida y vuelta, gastos de viáticos, pago de tasa de embarque y/o impuestos y/o cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión de los Viajes. Cada uno de los Ganadores y/o Beneficiarios mantendrá indemne y a salvo al Organizador y a sus compañías vinculadas, a sus agencias o afiliadas por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido en su persona y/o en la de los acompañantes como consecuencia de la utilización del Premio correspondiente.
12.3. Los Ganadores y/o Beneficiarios y/o sus acompañantes deberán poseer pasaportes vigentes al momento de la participación en la Promoción. El Organizador no será responsable en ningún caso por la tramitación de documento, cédula, pasaporte o visado que pudieran necesitar los Ganadores y/o Beneficiarios y/o sus acompañantes. En tal sentido, el Organizador carecerá de responsabilidad en caso de que alguno de los Ganadores y/o Beneficiarios y/o sus acompañantes no concreten el Viaje dispuesto en el apartado 7.1, por imposibilidades concernientes a la documentación legal para viajar (documento, cédula, pasaporte, visa, etc.) y/o por causas ajenas al Organizador.

13. PROBABILIDAD MATEMÁTICA.
La probabilidad matemática de obtener el premio en el marco de la presente Promoción dependerá de la cantidad de Participantes de la Promoción. A título ejemplificativo, si cada participante tiene una chance y participan 1.000 mil personas la probabilidad de ganar el premio será 10 en 1.000, equivalente al 1%.

14. AUTORIZACIÓN.
Los Ganadores y/o Beneficiarios y/o Potenciales Ganadores de la Promoción autorizan expresamente al Organizador y/o a Visa Inc. y sus filiales a difundir sus nombres, DNI, voz e imagen, con fines promocionales, en cualquier medio de comunicación (incluido el sitio web del Organizador, Facebook, Twitter, etc.), sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los tres (3) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326.

15. IMPUESTOS.
Todo impuesto, gravamen, carga, retención o similar (actual o futuro) que deba tributarse o se origine sobre o en relación con a los Premios, diferentes a los dispuestos en las presentes Bases, serán a cargo de los Ganadores o Beneficiarios, con excepción del gravamen de emergencia a los premios ganados en juegos de sorteo (Ley 20630 y res. AFIP 1588/2003), que estará a cargo del Organizador.

16. MEDIOS DE DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN.
16.1. Esta Promoción podrá ser publicada en todos los medios de comunicación masiva.
16.2. Las presentes Bases se encontrarán disponibles en el sitio http://www.santander.com.ar y en las sucursales del Organizador ubicadas en el Territorio.

18. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN.
18.1. El Banco podrá prohibir la participación en la Promoción como así también podrá no otorgar el Premio de la Promoción a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima de la Promoción por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes, al Banco y/o empleados o funcionario del Banco sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.
18.2. El derecho a participar solo podrá obtenerse durante el Plazo de Vigencia.

19. BASE DE DATOS.
19.1. Los datos de los Clientes del Banco y demás Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Banco para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de la base de datos es el Banco Santander Argentina S.A., CUIT: 30-50000845-4. Domicilio: Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los datos personales brindados por el usuario y los que en el futuro brinde son de carácter facultativo y son recogidos a los fines de su participación en la Promoción y/o contratación u ofrecimiento de productos y servicios. El titular de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el Banco. La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.
19.2. Al participar en la Promoción y facilitar los datos al Banco, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Banco con fines publicitarios y comerciales en general.

20. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
Por el hecho de participar en la presente Promoción, los Clientes y los Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web del Banco http://www.santander.com.ar.

21. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.
El Organizador de la presente Promoción se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar la presente Promoción y/o algunos de los Sorteos por circunstancias no previstas y/o que sean ajenas a la voluntad del Organizador.

22. JURISDICCIÓN.
Todas divergencias que pudieran surgir con relación al Concurso y a todos los efectos de misma, los Participantes y el Organizador se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.

BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A.