Transferencias de Fondos al Exterior
Conocé como tenés que realizar las transferencias de fondos desde tu cuenta en Argentina hacia cuentas de residentes en otros países.
Descripción y motivos por los que se puede transferir al exterior
Una transferencia al exterior implica el movimiento de divisas (dólares, euros, libras esterlinas, etc.) desde una cuenta de un residente argentino hacia una cuenta radicada en el extranjero.
El peso argentino no es una divisa que se pueda transferir a otros países. Por eso, quien desee realizar una transferencia al exterior debe instruir al banco para que éste, en su nombre, realice la compra de las divisas y las transfiera mediante mensajes encriptados entre bancos (a través del sistema SWIFT) al destinatario final de esos fondos en el exterior.
También es importante que sepas que estas operaciones se realizan bajo un código de concepto específico habilitado por Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) para identificar el motivo por el cual estás girando los fondos. A continuación, te detallamos algunos de los conceptos más utilizados por personas físicas y en qué casos se deben utilizar:
- Código de concepto BCRA: I07 - TRANSFERENCIAS PERSONALES
Comprende las transferencias al exterior por conceptos relacionados a ayuda familiar, regalos, o dotes y herencias, que un residente argentino le hace a una persona física residente en cualquier país del exterior.
- Código de concepto BCRA: S06 - TURISMO Y VIAJES
Comprende los bienes y servicios adquiridos por personas que se trasladan al exterior por vacaciones, participación en actividades recreativas y culturales, visita a familiares y amigos, peregrinación y por razones de estudios o de salud, como ser:
- Servicio de transporte local (excluye el transporte internacional).
- Servicios de suministro de alimentos y bebidas.
- Servicios de hospedaje.
- Tratamiento médico. Incluye bienes y servicios adquiridos por individuos que llevan a cabo estudios o reciben tratamiento médico fuera de su territorio de residencia. Además, incluye alimentos, hospedaje, transporte local, etc. adquiridos por personas que viajan por motivos médicos.
- Educación. Comprende servicios relativos a la educación (por ejemplo, matrículas, alimentos, hospedaje, transporte local, servicios de salud, etc. adquiridos por estudiantes no residentes).
- Tené en cuenta que este concepto tributa IMPUESTO PAIS y lo debitaremos de tu cuenta al momento de acceso al MULC.
- Código de concepto BCRA: A07 - DEPOSITOS DE RESIDENTES EN EL EXTERIOR
Comprende las transferencias de fondos al exterior que tienen como destino otras cuentas propias del mismo ordenante, radicadas en un banco de otro país (lo cual se denomina “cuenta espejo” ya que ambas cuentas deben estar a nombre de la misma persona física).
Encaso de Comprende las transferencias de fondos al exterior que tienen como destino otras cuentas propias del mismo ordenante, radicadas en un banco de otro país (lo cual se denomina “cuenta espejo” ya que ambas cuentas deben estar a nombre de la misma persona física).
En caso de tratarse de cuentas conjuntas de varias personas, debe darse como condición que entre dichos titulares de cuenta figure el ordenante o emisor de la transferencia.
Pagos al exterior por IMPORTACION DE BIENES:
- Código de concepto BCRA: B06 - PAGOS DIFERIDOS DE IMPORTACIONES DE BIENES
Pagos al exterior por importaciones de bienes, siempre que el mismo se efectúe cuando los bienes ya están inscriptos en el Registro de Ingreso Aduanero y se encuentran despachados a plaza, es decir, la mercadería ya está en poder del importador.
- Código de concepto BCRA: B22- PAGOS DIFERIDOS DE IMPORTACIONES DE BIENES DE CAPITAL
Pagos al exterior por importaciones de bienes de capital, siempre que el mismo se efectúe cuando los bienes ya están inscriptos en el Registro de Ingreso Aduanero y se encuentran despachados a plaza, es decir, la mercadería ya está en poder del importador. Este concepto se debe utilizar si al menos el 50% de tu factura se conforma por posiciones arancelarias consideradas como bienes de capital, podés consultarlas en el Decreto 690/02 que las especifica.
OTROS CONCEPTOS O MOTIVOS: Podés consultar el listado completo de códigos de conceptos admitidos por el BCRA desde aquí. O bien envianos un mail a la casilla consultascomex@santander.com.ar detallando la operatoria que estas haciendo y en caso de tener documentación de respaldo adjuntala, asi podemos ayudarte a encontrar el concepto correcto para canalizar tu transferencia.
Antes de solicitar una transferencia al exterior es importante que pidas al beneficiario de la misma todos los datos necesarios para que puedas realizar la instrucción al banco correctamente. Estos datos son:
DATOS DEL BENEFICIARIO: Nombre completo o razón social si es una empresa (debe coincidir con el nombre/razón social con el cual este dada de alta la cuenta en el banco del exterior); Número de cuenta; Domicilio.
DATOS DEL BANCO DEL EXTERIOR: Nombre del banco; y Código SWIFT (todo banco del mundo tiene un código SWIFT único e irrepetible) o código ABA (solo para bancos de EEUU).
Por otro lado debés tener en cuenta las siguientes cuestiones:
- Quien realice la transferencia al exterior deberá tener una cuenta abierta en Santander.
- Para cada transferencia al exterior que se realice será necesario iniciar una nueva operación desde la sucursal o a través de Online Banking. Cada giro al exterior se considera una operación única.
- Antes de solicitar la operación, el cliente de Santander deberá tener acreditados en su cuenta corriente o caja de ahorro los fondos necesarios para girar el monto solicitado y cubrir la comisión de la transferencia internacional.
- La solicitud se procesa en el día siempre y cuando sea presentada antes de las 13 horas. Caso contrario puede que se procese el día hábil bancario inmediato posterior.
- Luego de debitada, la transferencia puede demorar entre 24 y 72 horas hábiles para llegar al beneficiario del exterior, dependiendo del país del beneficiario.
En Santander podés solicitar una transferencia al exterior por dos canales:
ONLINE BANKING: Si necesitas transferir fondos a un residente del exterior, podes cargar la solicitud por sin necesidad de imprimir formularios o acercarte a una sucursal.
Los conceptos o motivos más utilizados ya están disponibles, y vas a poder realizar:
- Transferencias a tus cuentas propias del exterior (concepto: A07 – Depósitos de residentes en el exterior)
- Transferencias a otras personas físicas del exterior (concepto: I07 – Transferencias personales)
- Transferencias a otros países para el pago de tramites consulares o de gobierno (legalización de títulos, ciudadanías) (concepto: S25 - Servicios del gobierno)
- Transferencias por turismo y viajes a empresas del exterior (agencias de turismo, hoteles) (concepto S06 – Turismo y viajes)
Por dudas o consultas escribinos a consultascomex@santander.com.ar
Es importante que en tu mail siempre incluyas el nombre completo de tu empresa y CUIT. Nuestro horario de atención es de 9 a 18 hs. en días hábiles bancarios.
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El procedimiento mencionado es meramente descriptivo, no configura interpretación normativa ni asegura el efectivo cumplimiento de la operación.