Súper Préstamo Hipotecario UVA

 

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quieras.

Diferentes opciones


• Tasa 7,50% para compra de primera y única vivienda.(1)

• Tasa 9,50% para Compra de vivienda permanente y no permanente.(2)

Más posibilidades para tu hogar


• Hasta 150.000 uvas Para compra de primera y única vivienda.

• Sin tope para Compra de vivienda permanente y no permanente.

Relación cuota/ingreso


No debe superar el 25% de tus ingresos netos. Ingresos mínimos $ 2.240.000 para compra de vivienda permanente.

Financiación


• Hasta el 70% compra de primera y única vivienda y vivienda permanente.

• Hasta el 50% para compra de vivienda NO permanente.

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Para solicitar tu préstamo es requisito cobrar tu sueldo en Santander.

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Preguntas frecuentes

 

¿Necesito tener una antigüedad mínima como cliente que cobra su sueldo en Santander para acceder al Súper Préstamo Hipotecario UVA?

    No, al contar con la acreditación de tu sueldo ya podés acceder al préstamo.

¿Con qué destinos cuenta el Banco hoy?

    El banco tiene un destino vigentes, el cual es:

    • Para la compra de la vivienda de uso permanente, es decir la vivienda que el tomador del préstamo declara que va ir a vivir el 80% de su tiempo, y tiene que ser acorde con su la localidad donde resida con su grupo familiar
    • Para la compra de una vivienda de uso NO permanente, es decir la vivienda donde va a ir a vivir el cliente el resto de tiempo que no esté en su vivienda permanente y tiene que diferir con la localidad donde resida con su grupo familiar.
    • Para la compra de la primer y única vivienda de uso Permanente. Es decir la vivienda que el tomador del préstamo declara que va ir a vivir el 80% de su tiempo, y tiene que ser acorde con su la localidad donde resida con su grupo familiar cuyo titular y cotitular en caso de corresponder no puede poseer ninguna propiedad a tu nombre, ni terreno ni porcentaje.

    Mientras el préstamo este vigente los tomadores del préstamo se comprometen a:

    • Mantener el bien en perfectas condiciones de mantenimiento absteniéndose de ejecutar cualquier tipo de modificación que pueda alterar la garantía.
    • No gravar, arrendar, alquilar, ceder, transferir, hipotecar o celebrar contratos constitutivos de anticresis, servidumbre, uso, usufructo, superficie, comodato, habitación, "leasing" u otros derechos que impliquen restricción sobre los bienes gravados ni permitir que un tercero ejerza derechos de retención sobre el inmueble ni reconocer ninguna especie de restricción sobre el inmueble ni efectuar cualquier otro acto o hecho de disposición material o jurídica sin el consentimiento expreso del Banco.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al préstamo hipotecario?

    Para aplicar al préstamo PRIMERA Y ÚNICA vivienda para uso permanente los requisitos Minimos son:

    • Ser mayor de 18 años al momento de la solicitud.
    • Ser cliente y tener como mínimo una antigüedad de 12 meses manteniendo activo un producto de crédito con el Banco, como: una tarjeta de crédito, un préstamo prendario, personal, etc.
    • No poseer ninguna propiedad a tu nombre, ni terreno ni porcentaje tanto el titular como cotitular / cónyuge.
    • Tener continuidad laboral mínimo 1 año, ya sea en una o varias empresas.
    • Contar con un ingreso mínimo neto de $2.240.000, grupo familiar.

    Para aplicar al préstamo vivienda para uso permanente y no permanente los requisitos son :

    • Ser mayor de 18 años al momento de la solicitud.
    • Tener una cuenta Santander y acreditar tu sueldo en el banco desde hace al menos 1 mes.
    • Contar con una antigüedad laboral de mínimo 1 año, ya sea en una o varias empresas.
    • Presentar un ingreso neto mensual de al menos $2.240.000.

¿Cuál es el monto máximo que me prestan?

    Para la compra de la primera y única vivienda, el monto máximo a financiar es de hasta 150.000 Uvas, no pudiendo superar el 70% del valor de referencia que es la tasación del Banco, siempre sujeto a la aprobación crediticia y al valor de escrituración. Y tiene un monto mínimo de $50.000.000.

    Para la compra de Vivienda Permanente y no Permanente, el monto máximo a financiar es sin tope, no pudiendo superar el 70% o el 50% del valor de referencia que es la tasación del Banco, siempre sujeto a la aprobación crediticia y al valor de escrituración. Y tiene un monto mínimo de $50.000.000.

¿Qué características tiene la Primera y única vivienda de uso permanente para un hipotecario?

    Significa que, al momento de solicitar y otorgarse el préstamo, ni el titular ni el cotitular o cónyuge podrán ser propietarios de inmuebles, terrenos o porcentajes sobre ellos.
    Además, la propiedad que se adquiera con el préstamo deberá destinarse a única vivienda familiar y de ocupación permanente , es decir, deberá ser la residencia habitual del grupo familiar y estar ubicada en una zona acorde al lugar donde desarrollan su vida personal y laboral.
    La vivienda deberá encontrarse desocupada al momento de la compra y no podrá destinarse a alquiler ni a otros fines distintos de la residencia permanente de sus propietarios.

¿Qué características tiene la vivienda de uso permanente para un hipotecario?

    La vivienda de uso permanente es la vivienda donde vas a vivir (la mayor parte de tu tiempo). Particularidades: Podes solicitar el préstamo si tenes otra vivienda, siempre que la que vayas a comprar con el préstamo sea acorde a:

    • Tu grupo familiar.
    • Al lugar donde desarrollas tu vida y tu grupo familiar.
    • Sea más grande y de mayor valor que tu vivienda actual.

    Se financia hasta el 70% del valor de la tasación del Banco o de la Escritura, de ambos el menor.
    Esta vivienda no puede alquilarse, y tiene que estar desocupada al momento de la compra.

¿Qué características tiene la vivienda de uso no permanente para un hipotecario?

    La vivienda de uso no permanente es la vivienda donde vas a ir a vivir el resto de tiempo que no estés en tu vivienda permanente. Que determina que sea NO permanente:

    • Que se encuentre localizada en un lugar donde no se desarrolle tu vida.
    • Esta vivienda no puede alquilarse, y tiene que estar desocupada al momento de la compra.

    Se financia hasta el 50% del valor de la tasación del Banco o de la Escritura, de ambos el menor.

¿Cuáles son los plazos que debo tener en cuenta para solicitar el préstamo?

    Compra de Primera y Única Vivienda Permanente:
    Esta línea de crédito contempla un plazo mínimo de 180 meses (15 años) y un plazo máximo de 240 meses (20 años). Además, es importante tener en cuenta que, al finalizar el plazo total del préstamo, el/os solicitante no deben superar los 75 años de edad.

    Compra de Vivienda Permanente y no Permanente:
    Esta línea de crédito contempla un plazo mínimo de 12 meses (1 año) y un l plazo máximo de 240 meses (20 años). Además, es importante tener en cuenta que, al finalizar el plazo total del préstamo, el/os solicitante no deben superar los 75 años de edad.

¿Qué valor de la propiedad se toma en cuenta para la financiación y la escritura?

    Se toma el valor referencia que es el valor de mercado y garantía otorgado por el banco a través de su tasación, financiando hasta el 50% o el 70% (dependiendo la línea) de este valor o de la escritura, de ambos el menor.

¿Puedo cancelar totalmente el préstamo en forma anticipada?

    Sí, podés cancelarlo de forma total o parcial en cualquier momento.

¿Tiene costo la cancelación anticipada del préstamo hipotecario?

    Sí, la pre-cancelación parcial o total tiene un costo del 3% + IVA sobre el monto a cancelar. La pre-cancelación total tiene costo solo si la realizás antes de haber transcurrido el 25% del plazo total del préstamo. Pasado ese período ya no tiene cargo.

¿Puedo transferir el préstamo a otra persona?

    No, Santander no autoriza la transferencia del préstamo a un tercero. Mientras el préstamo se encuentre vigente debe estar a tu nombre.

¿Con quién puedo sumar ingresos?

    Podés sumar ingresos con tu cónyuge (si estas casado/a) o con tu pareja.

Si tengo más de un ingreso ¿puedo sumarlo?

    Sí, podés sumar tu sueldo con otros ingresos en relación de dependencia o de manera independiente ya sea como monotributista o autónomo.

¿Se puede deducir de impuesto a las ganancias el pago de los intereses del súper préstamo hipotecario uvas?

    Sí, podés deducir hasta $20.000 por año en el caso de que hayas pedido un préstamo para una vivienda de uso permanente.

¿Cómo obtengo el monto de los intereses anuales abonados para aplicar al impuesto a las ganancias?

    Tenés que ingresar por Online Banking a “Sus tenencias al 31-12”.

¿Se puede usar para departamentos de pozo?

    No, porque no se puede generar una garantía sobre algo que no está construido ni escriturado.

¿Puedo adquirir un inmueble si no está terminado?

    Sí, siempre y cuando dicho inmueble cumpla con las condiciones de habitabilidad.

¿Se pueden comprar terrenos?

    No, dado que el destino del préstamo es para la compra de viviendas de uso permanente y no permanente.

¿Se puede usar para construir?

    No, sólo se puede solicitar este tipo de préstamo para la compra de viviendas de uso permanente y no permanente que cumplan con las condiciones de habitabilidad.

¿Puedo comprar el inmueble de un familiar?

    No, no se aceptan operaciones entre familiares ya sea, de sangre o unidos por lazos matrimoniales, legales o de hecho, como: padres, suegros, hermanos o cónyuges; entre otros, dado que resulta muy difícil determinar la veracidad de la operación.

¿Qué es una tasa fija?

    La tasa fija es una tasa de interés que se pacta al inicio del préstamo y se mantiene constante durante todo el plazo del préstamo.

¿Qué es una tasa variable?

    Es una tasa de interés que se ajusta en un periodo (mensual, trimestral, anual) en función de un índice o de otro valor de referencia (tasa de plazos fijos, etc.). Puede subir o bajar y tener límites determinados en las condiciones en que se pacte. De esta manera, impacta directamente en los intereses que se pagan en la cuota.

¿Cuánto demora el otorgamiento mi préstamo hipotecario?

    Entre la presentación de la documentación necesaria para la activación de tu préstamo y el momento de la firma de la escritura pueden pasar entre 30 y 40 días, siempre y cuando tengas elegida una propiedad que cumpla con las condiciones necesarias para el otorgamientoa.

¿Cuánto tiempo transcurre desde el otorgamiento hasta que recibo el dinero?

    El dinero se acredita en tu cuenta en el mismo día de la firma de la compra-venta de la propiedad, por lo cual depende de los tiempos que demore este trámite.

¿Qué gastos adicionales cobra el banco al momento de otorgar el préstamo?

    El Banco no cobra ningún gasto adicional en los préstamos hipotecarios.

¿Cómo me dan el dinero del préstamo hipotecario?

    El dinero será depositado en tu cuenta el día de la firma de la escritura.

¿Cuándo vence la primera cuota?

    La primera cuota vence a los 30 días de la firma, siempre y cuando no hayas solicitado una fecha determinada. Entre la liquidación y el vencimiento de la primera cuota no pueden transcurrir menos de 15 días ni más de 45 días.

¿Puedo elegir la fecha de vencimiento de mi cuota?

    Si, para ello deberás informárselo a la escribanía unos días antes de la escrituración. Te conviene elegir el día del mes en el que sabés que contarás con el dinero necesario. En el caso que no lo indiques, se tomará un mes a partir del día de la escrituración, y todos los meses vencerá ese mismo día (o el día hábil posterior si fuera feriado).

¿Cómo pago la cuota del préstamo hipotecario?

    La cuota del préstamo se debitará automáticamente de tu cuenta.

¿Cómo obtengo el detalle de mis cuotas abonadas?

    El titular del préstamo podrá ingresar por Online Banking y ver en su resumen las cuotas mes a mes.

¿Puedo vender la propiedad y continuar pagando la hipoteca?

    No, si la propiedad es vendida debes cancelar anticipadamente el saldo total del préstamo en el mismo acto de la venta.

¿Qué condiciones tiene que cumplir la propiedad que va a ser ofrecida en garantía?

    • Tiene que ser vivienda UNIFAMILIAR, es decir tener una sola vivienda por terreno, en el caso de haber más de una vivienda debe tener subdivisión aprobada, en el caso de existir subdivisión, se financiará una sola unidad.
    • Estar ubicada en centros urbanos de población estable o próxima a ellos.
    • Tiene que poder ser escriturada.
    • La propiedad tiene que estar terminada, de encontrarse en construcción no será aceptada.
    • Toda la superficie construida debe figurar aprobada / regularizada en plano.
    • La propiedad debe tener condiciones mínimas de habitabilidad sin necesitar mejoras para cumplirlas.
    • No se tomarán como garantía propiedades que cuyo titular la hubiera adquirido por donación ni las que se encuentren sometidas a usufructo.
    • La misma tiene que poder quedar registrada a nombre del/os titular/es o tomadores del préstamo.
    • La propiedad puede presentar hasta un 30% de construcción en madera.
    • Cualquier otro sistema constructivo que no sea el tradicional puede ser observado y requerir documentación adicional para determinar su aceptación.
    • El sistema constructivo prefabricado / OFF -Side no se aceptará.
    • Al momento de escriturar no debe tener vigentes contratos de alquiler, hipotecas, sucesiones, usufructos vitalicios, donaciones, embargos, entre otros.

¿Qué documentación mínima debe tener la propiedad?

    Es responsabilidad del cliente proporcionar los datos correctos de la propiedad a tasar, como los datos del contacto de la persona que la mostrará y deberá asegurarse que la propiedad tenga toda la documentación detallada para que el Banco pueda ir a tasar.
    Todas las propiedades tienen que contar con título de propiedad.
    Vivienda sobre lote propio

    • Fotocopia del título de propiedad inscripto y Plano Municipal aprobado.
    • Cédula Catastral, estados parcelarios y/o plancheta catastral (Opcional)
    • Boletas de impuestos municipales (Opcional)

    Viviendas sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal (Ley 13.512)
    • Fotocopia de título de propiedad inscripto (Obligatorio)
    • Plano de Mensura y División de Propiedad Horizontal (Obligatorio)
    • Reglamento de copropiedad inscripto
    • Comprobante de Expensas comunes (Opcional)
    • Boletas de impuestos municipales (Opcional)
    • Cédula Catastral, estados parcelarios y/o plancheta catastral (Opcional)

    Para las propiedades ubicadas en Conjuntos inmobiliarios Residenciales como:
    • Barrios Cerrados o Privados, Clubes de Campo y Loteo con Servicios, el Banco podrá solicitar además de la copia de escritura copia estatuto de la sociedad inscripto a fin de determinar si la propiedad reúne las condiciones comerciales para ser apta como garantía.

¿Tengo que presentar la reserva al momento de solicitar la tasación de la propiedad que quiero comprar?

    No, el Banco no necesita una reserva para que solicites la tasación del inmueble. Es un documento entre privados, lo que te podemos sugerir que si optas por hacerla antes de tener tu préstamo aprobado es que la hagas ad referéndum de la aprobación de tu préstamo.

¿El Banco financia los gastos de la escritura?

    No, el Banco financia el 70% (si es compra de vivienda de uso permanente) o el 50% (si es compra de vivienda NO permanante) del valor de tasación o de escritura el menor, es decir que el monto a financiar está sujeto a estos valores. Adicionalmente el tomador del crédito deberá contar con los fondos suficientes para cubrir la diferencia del Valor total de la propiedad, gastos y honorarios de la compra venta, comisión de la inmobiliaria y posible fluctuación del dólar en caso de corresponder.

DISPONIBLE PARA CARTERA DE CONSUMO

 

Condiciones vigentes para préstamos otorgados y desembolsados del 23/02/2026 hasta al 30/09/2026. Este producto es un préstamo hipotecario en pesos a tasa fija, actualizable mediante la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (CER) y expresado en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (Com A 6069).

 

El otorgamiento efectivo del producto se encuentra sujeto a evaluación crediticia y condiciones de contratación del producto. Plazos: mínimo 12 meses y máximo 240 meses. Monto mínimo $ 50.000.000. Sistema de amortización Francés.

 

(1) VIVIENDA PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 70%, el valor de la vivienda seria de $ 71.430.000  y el seguro de incendio ascendería a $  8.631,13. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 70% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 28.194,75 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 13/02/2025, $ 1.773,38). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que deberá abonar el cliente es de 262,81 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Deberá sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 10,21%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 70%. Tasa fija nominal anual: 9,5% Tasa efectiva anual: 9,92%.

 


 

(2) VIVIENDA NO PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 50%, el valor de la vivienda seria de $ 100.000.000  y el seguro de incendio ascendería a $ 12.083,33. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso NO permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 50% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 28.194,75 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 13/02/2025, $ 1.773,38). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que debera abonar el cliente es de 309,69 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Debera sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 12,52%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 50%. Tasa fija nominal anual: 9,5% Tasa efectiva anual: 9,92%.

 

 


Condiciones vigentes para préstamos otorgados y desembolsados del 23/09/2026 hasta al 23/12/2026. Este producto es un préstamo hipotecario en pesos a tasa fija, actualizable mediante la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (CER) y expresado en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (Com A 6069).

 

El otorgamiento efectivo del producto se encuentra sujeto a evaluación crediticia y condiciones de contratación del producto. Plazos: mínimo 180 meses y máximo 240 meses. Monto mínimo $ 50.000.000. Sistema de amortización francés

 

PRIMERA Y UNICA VIVIENDA DE USO PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 70%, el valor de la vivienda seria de $ 71.430.000 y el seguro de incendio ascendería a $ 8.631,13. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 70% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 23.629,04 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 14/09/2026, $ 2.116,04). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que deberá abonar el cliente es de 190,35 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Deberá sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 8,06%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 70%. Tasa fija nominal anual: 7,5% Tasa efectiva anual: 7,76%.