Súper Préstamo Hipotecario UVA

 

Hacé realidad el proyecto de tu casa propia. 
Si acreditás tu sueldo o sos cliente Santander, simulá  e iniciá tu crédito hipotecario de forma 100% online.

 

Súper Préstamo Hipotecario UVA

 

Hacé realidad el proyecto de tu casa propia. 
Si acreditás tu sueldo o sos cliente Santander, simulá  e iniciá tu crédito hipotecario de forma 100% online.

Clientes Santander

Primera y única vivienda

 

Tasa 7.5% + UVA(1)


No tenés propiedades a tu nombre

Financiación hasta 70%.

Hasta 150.000 UVAs.

Monto mínimo $50.000.000

Plazo mínimo 15 años y máximo 20 años.
Podés cancelar la deuda cuando quieras.

Posibilidad de sumar ingresos propios o de cónyuge/pareja.



Requisitos

Ser mayor de 18 años al momento de la solicitud.

Contar con un ingreso mínimo neto de $3.000.000 del grupo familiar.

No poseer ninguna propiedad a tu nombre, ni terreno ni porcentaje, tanto el titular como cotitular/cónyuge.

Poseer al menos 12 meses de antigüedad manteniendo un producto de crédito activo.

Exclusivo Cuenta Sueldo

Primera y única vivienda

 

Tasa 7.5% + UVA(1)


No tenés propiedades a tu nombre

Financiación hasta 70%.

Hasta 150.000 UVAs.

Monto mínimo $50.000.000

Plazo mínimo 15 años y máximo 20 años.
Podés cancelar la deuda cuando quieras.

Posibilidad de sumar ingresos propios o de cónyuge/pareja.



Requisitos

Ser mayor de 18 años al momento de la solicitud.

Contar con un ingreso mínimo neto de $2.240.000 del grupo familiar.

Para solicitar tu préstamo es requisito cobrar tu sueldo en Santander desde hace al menos 1 mes.

No poseer ninguna propiedad a tu nombre, ni terreno ni porcentaje, tanto el titular como cotitular/cónyuge.

Exclusivo Cuenta Sueldo

Vivienda de uso

permanante y no permanente🛈
Permanente: Aquella que constituirá la residencia habitual del solicitante y de su grupo familiar.

No Permanente: Aquella en la que el solicitante va a residir el resto del tiempo, que no esté en su vivienda permanente.

Tasa 9.5% + UVA


Ya tenés propiedades a tu nombre

Financiación hasta 70% para compra de vivienda permanente(2) y hasta 50% no permanente(3).

Sin tope para compra de vivienda permanente y no permanente.

Monto mínimo $50.000.000

Plazo máximo hasta 20 años.
Podés cancelar la deuda cuando quieras.

Posibilidad de sumar ingresos propios o de cónyuge/pareja.



Requisitos

Ser mayor de 18 años al momento de la solicitud.

Contar con un ingreso mínimo neto de $2.240.000 del grupo familiar.

Para solicitar tu préstamo es requisito cobrar tu sueldo en Santander desde hace al menos 1 mes.

Simulá tu crédito hipotecario

 

Sacá tu crédito en 4 simples pasos

1

Ingresa con tu usuario y contraseña a Online Banking o App Santander.

2

Desde el menú principal accedé a ‘Préstamos’ y luego en Hipotecarios.

3

Una vez iniciada la solictud, completá los campos para ‘Destino’ e ‘Ingresos’.

4

Finalizado los pasos anteriores, te mostraremos una oferta de acuerdo a lo informado, podrás confirmar y ¡Listo!. Nos pondremos en contacto con vos a la brevedad.

Preguntas Frecuentes

 

¿Cuáles son las características de un préstamo Hipotecario UVA?

    Es un préstamo en pesos a tasa fija, bajo un sistema de amortización francés, donde el saldo de deuda se irá ajustando por el CER y cuyo valor diario se expresa a través de la UVA.

    La UVA es la Unidad de Valor Adquisitivo que informa el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Este valor se actualiza diariamente en base al Coeficiente de Actualización de Referencia (CER), informado por el BCRA, cuyo valor podés consultar a diario en su página.

¿Cuál es la diferencia entre Vivienda Permanente, No Permanente y Primera Vivienda?

    La Vivienda de Uso Permanente es la vivienda que constituirá la residencia habitual del cliente y su grupo familiar. Podés acceder a esta línea si tenés otra vivienda, siempre que la nueva propiedad cumpla las condiciones establecidas por el Banco respecto a su superficie, valor y adecuación para el grupo familiar. En caso contrario, será considerada vivienda no permanente.

    Aquellas personas que quieran acceder a la línea Primera y Única Vivienda de uso permanente, al momento de solicitar y obtener el préstamo, no deberán ser propietarias de inmuebles ni terrenos, ni poseer porcentajes de titularidad sobre ellos, tanto el titular como el cotitular o cónyuge.

¿Qué porcentaje me financia el Banco?

    El porcentaje máximo que financia el Banco es de hasta el 70% para la compra de la primera y única vivienda y para la compra de la vivienda de uso permanente. Para la compra de vivienda de uso no permanente es hasta el 50%.

    Tené presente que el monto a financiar se calculará entre el valor de la tasación y el de escritura, de ambos el menor.

¿Cómo puedo sumar ingresos?

    Podés incluir todos tus ingresos si tenés más de una actividad, ya sea como monotributista o autónomo. Además, podés sumar los ingresos de tu cónyuge o pareja.

    Lo importante es que, si sumás ingresos con tu cónyuge o pareja, también deberá cumplir con la continuidad laboral de 12 meses.

¿Qué condiciones tiene que cumplir la propiedad?

    La propiedad debe cumplir con ciertas características:

    • Tiene que ser una vivienda UNIFAMILIAR, es decir, tener una sola vivienda por terreno. En el caso de haber más de una vivienda, debe tener subdivisión aprobada y, en ese caso, se financiará una sola unidad.
    • Estar ubicada en centros urbanos de población estable o próxima a ellos.
    • Tiene que poder ser escriturada.
    • Debe estar terminada. Si se encuentra en construcción, no será aceptada.
    • Toda la superficie construida debe figurar aprobada o regularizada en plano.
    • La propiedad debe tener condiciones mínimas de habitabilidad sin necesitar mejoras.
    • No se tomarán como garantía propiedades cuyo titular las hubiera adquirido por donación ni aquellas que se encuentren sometidas a usufructo.
    • La propiedad tiene que poder quedar registrada a nombre del o de los titulares o tomadores del préstamo.
    • La propiedad puede presentar hasta un 30% de construcción en madera.
    • Cualquier otro sistema constructivo que no sea el tradicional puede ser observado y requerir documentación adicional para determinar su aceptación.
    • El sistema constructivo prefabricado u off-site no será aceptado.
    • Al momento de escriturar, no debe tener vigentes contratos de alquiler, hipotecas, sucesiones, usufructos vitalicios, donaciones, embargos, entre otros.
    • No se aceptan operaciones entre familiares directos o por vínculo matrimonial o de hecho, tales como padres, hijos, hermanos, suegros o cónyuges, dado que resulta muy difícil determinar la veracidad de la operación.
    • No pueden ser objeto de préstamos hipotecarios los inmuebles que, teniendo como destino principal la vivienda, cuenten con un espacio comercial o profesional.
    • No se aceptarán viviendas con una antigüedad mayor a 70 años que no presenten actualizaciones o mejoras.

¿Qué documentación mínima debe tener la propiedad?

    Todas las propiedades tienen que contar con título de propiedad inscripto. Es responsabilidad del cliente proporcionar los datos correctos de la propiedad a tasar, como los datos de contacto de la persona que la mostrará, y deberá asegurarse de que la propiedad tenga toda la documentación detallada al momento de la inspección.

    Para vivienda sobre lote propio

    • Fotocopia del título de propiedad inscripto y Plano Municipal aprobado.
    • Cédula Catastral, estados parcelarios o plancheta catastral (opcional).
    • Boletas de impuestos municipales (opcional).

    Para viviendas sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal (Ley 13.512)

    • Fotocopia del título de propiedad inscripto (obligatorio).
    • Plano de Mensura y División de Propiedad Horizontal (obligatorio).
    • Reglamento de copropiedad inscripto.
    • Comprobante de expensas comunes (opcional).
    • Boletas de impuestos municipales (opcional).
    • Cédula Catastral, estados parcelarios o plancheta catastral (opcional).

    Para las propiedades ubicadas en conjuntos inmobiliarios residenciales, como barrios cerrados o privados, clubes de campo y loteos con servicios

    El Banco podrá solicitar, además de la copia de la escritura, una copia del estatuto de la sociedad inscripto, a fin de determinar si la propiedad reúne las condiciones comerciales para ser apta como garantía.

    El Banco no exige una reserva para iniciar la tasación del inmueble.

¿Cuándo vence la primera cuota?

    La primera cuota vence a los 30 días de la firma, siempre y cuando no hayas solicitado una fecha determinada. Entre la liquidación y el vencimiento de la primera cuota no pueden transcurrir menos de 15 días ni más de 45 días.

    Podés elegir la fecha de vencimiento y deberás informársela a la escribanía unos días antes de la escrituración. Te conviene elegir el día del mes en el que sabés que contarás con el dinero necesario. En caso de que no lo indiques, se tomará un mes a partir del día de la escrituración y todos los meses vencerá ese mismo día, o el día hábil posterior si fuera feriado.

    La cuota se paga mediante débito automático en la cuenta del titular y se podrán consultar las cuotas abonadas anteriormente desde Online Banking, en la sección "Tu resumen".

¿Puedo cancelar totalmente el préstamo en forma anticipada?

    Sí, podés cancelarlo de forma total o parcial en cualquier momento.

    La precancelación parcial o total tiene un costo del 3% + IVA sobre el monto a cancelar. La precancelación total solamente tendrá un costo del 3% + IVA si la realizás antes de haber transcurrido el 25% del plazo total del préstamo. Pasado ese período, ya no tiene cargo.

    Tené en cuenta que podrás vender la propiedad mientras el crédito esté vigente, pero al momento de la venta deberás cancelar anticipadamente el saldo total del préstamo en el mismo acto.

¿Puedo deducir los intereses del préstamo hipotecario en el Impuesto a las Ganancias?

    Sí. En préstamos destinados a vivienda de uso permanente es posible deducir hasta $20.000 anuales.

    Para obtener el detalle de intereses pagados durante el año, debés ingresar a Online Banking y consultar la opción "Sus tenencias al 31/12".

DISPONIBLE PARA CARTERA DE CONSUMO

 

Condiciones vigentes para préstamos otorgados y desembolsados del 23/09/2026 hasta al 23/12/2026. Este producto es un préstamo hipotecario en pesos a tasa fija, actualizable mediante la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (CER) y expresado en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (Com A 6069).

 

El otorgamiento efectivo del producto se encuentra sujeto a evaluación crediticia y condiciones de contratación del producto. Plazos: mínimo 180 meses y máximo 240 meses. Monto mínimo $ 50.000.000. Sistema de amortización francés.

 


 

(1) PRIMERA Y UNICA VIVIENDA DE USO PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 70%, el valor de la vivienda seria de $ 71.430.000 y el seguro de incendio ascendería a $ 8.631,13. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 70% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 23.629,04 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 14/09/2026, $ 2.116,04). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que deberá abonar el cliente es de 190,35 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Deberá sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 8,06%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 70%. Tasa fija nominal anual: 7,5% Tasa efectiva anual: 7,76%.

 


(2) PRIMERA Y UNICA VIVIENDA DE USO PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 70%, el valor de la vivienda seria de $ 71.430.000 y el seguro de incendio ascendería a $ 8.631,13. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 70% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 23.629,04 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 14/09/2026, $ 2.116,04). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que deberá abonar el cliente es de 190,35 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Deberá sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 8,06%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 70%. Tasa fija nominal anual: 7,5% Tasa efectiva anual: 7,76%.

 


(3) SEGUNDA VIVIENDA PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 70%, el valor de la vivienda seria de $ 71.430.000  y el seguro de incendio ascendería a $  8.631,13. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 70% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 28.194,75 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 13/02/2025, $ 1.773,38). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que deberá abonar el cliente es de 262,81 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Deberá sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 10,21%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 70%. Tasa fija nominal anual: 9,5% Tasa efectiva anual: 9,92%.

 


 

(3) SEGUNDA VIVIENDA NO PERMANENTE

 

Comisión por cancelación anticipada: 3,00% + IVA sobre el monto a precancelar. La comisión por cancelación anticipada total solo será aplicada cuando al momento de la cancelación, no hayan transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días desde su otorgamiento, de ambos el mayor.

 

Sujeto a capacidad de pago y relación cuota/ingreso.

 

No incluye seguro de incendio. Ejemplo: En el caso de un préstamo de $ 50.000.000 y un porcentaje de financiación del 50%, el valor de la vivienda seria de $ 100.000.000  y el seguro de incendio ascendería a $ 12.083,33. Dicho valor deberá adicionarse al valor de la cuota indicada.
 

 

Al momento de la liquidación del préstamo, el cliente sabrá a cuantas UVA equivale el monto otorgado, y en función de ello, cuál será la cuota pura (capital más intereses) en UVA a abonar mensualmente. El monto de la cuota pura se ajusta por CER y se puede conocer multiplicando la cantidad de UVA por su valor a la fecha de vencimiento. La cantidad de UVA que representan el valor de tu cuota a pagar asume que su valor se ajusta por CER conforme lo indicado por la Comunicación 6069 del BCRA. En caso de que se modifique la forma de actualizar su valor, podría variar la cantidad de UVA informada.

 

Ejemplos:

 

Para el caso de la financiación de una vivienda de uso NO permanente con un plazo de pago de 240 meses y el monto del préstamo corresponde al 50% del valor de tasación de la vivienda efectuada por el banco:

 

Un préstamo de $ 50.000.000, equivale a 28.194,75 (considerando para este ejemplo el valor de la UVA al 13/02/2025, $ 1.773,38). Considerando un plazo de 20 años, la cuota pura (capital mas intereses) que debera abonar el cliente es de 309,69 UVA (no incluye seguro de incendios). El monto de la cuota pura a abonar en pesos se calcula multiplicando la cantidad de UVA por el valor de UVA al momento del vencimiento de la cuota. Debera sumarse a este monto el seguro de incendio de la propiedad.

 

 

C.F.T.E.A: 12,52%

 

 

C.F.T.E.A: Costo Financiero Efectivo Anual calculado en función de un porcentaje de financiación del 50%. Tasa fija nominal anual: 9,5% Tasa efectiva anual: 9,92%.