Elegí el que más te convenga de acuerdo a tu perfil de inversión.
FONDOS DE RENTA FIJA
Superfondo Renta Fija Dólares
Fondo de Renta Fija que invierte en Títulos Públicos de corto y mediano plazo.
- Moneda de suscripción y rescate: Dólares
- Plazo de acreditación: 72 hs
- Horizonte de Inversión: 12 meses
Composición de cartera
Superfondo Estratégico
Fondo de Renta Fija de mediano plazo, con posición mayoritariamente en Títulos Públicos y Privados.
- Moneda de suscripción y rescate: Dólares
- Plazo de acreditación: 72 hs
- Horizonte de Inversión: 18 meses
Composición de la cartera
FONDOS DE RENTA VARIABLE
Superfondo Latinoamérica
Está orientado a una inversión de largo plazo. Su cartera busca generar retornos absolutos invirtiendo en acciones de las principales compañías de Latinoamérica (Brasil, México, Chile, Perú, Colombia y Argentina).
- Moneda de suscripción y rescate: Dólares
- Plazo de acreditación: 120 hs
- Horizonte de Inversión: 18 meses
Composición de la Cartera
Superfondo Acciones Brasil
Está orientado a una inversión de largo plazo. Su cartera busca generar retornos absolutos invirtiendo en las principales compañías brasileras.
- Moneda de suscripción y rescate: Dólares
- Plazo de acreditación: 120 hs
- Horizonte de Inversión: 18 meses
Composición de la Cartera
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Las inversiones en cuotapartes de fondos no constituyen depósitos en Banco Santander Río S.A a los fines de la ley de entidades financieras ni cuentan con ninguna de las garantías que tales depósitos a la vista o a plazo puedan gozar de acuerdo a la legislación y reglamentación aplicables en materia de depósitos en entidades financieras. Asimismo, Banco Santander Río S.A se encuentra impedido por normas del Banco Central de la República Argentina a asumir tácita o expresamente compromiso alguno en cuanto al mantenimiento en cualquier momento del valor del capital inicial invertido, al rendimiento, al valor de rescate de las cuotapartes o del otorgamiento de la liquidez a tal fin.
Las inversiones en Fondos Comunes de Inversión pueden importar riesgos, incluyendo la posible pérdida de la inversión. Los rendimientos pasados no son indicativos de rendimientos futuros. Nada de lo manifestado podrá ser tomado como una recomendación de compra o asesoramiento para invertir. Se aconseja a los potenciales inversores efectuar un análisis e investigación independiente antes de tomar cualquier decisión de inversión.
Asimismo, se hace saber, que se encuentra vigente en materia cambiaria, la Ley 19.359, y demás normativa complementaria y reglamentaria que regula el acceso al mercado de cambios y lo relativo al ingreso y egreso de capitales hacia o desde la República Argentina. Asimismo, se establece que, en determinadas circunstancias sea obligatoria la constitución de un depósito no remunerado por un plazo de 365 días y por el 30% de los fondos ingresados al país. Se aconseja la revisión de la normativa mencionada.
El valor de la cuotaparte es neto de honorarios de la gerente y la depositaria, y de gastos generales. Los honorarios cobrados por la sociedad gerente y la sociedad depositaria y las comisiones de suscripción, rescate y transferencias podrán consultarse en Santander Río Asset Management. No existen honorarios de éxito y/u otros gastos a cargo del fondo diferentes a los gastos generales que podrán ser consultados en Santander Río Asset Management. Los datos informados rigen para la fecha de publicación, para la actualización de los mismos deberá dirigirse a Santander Río Asset Management.
Santander Río Asset Management Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. y Banco Santander Río S.A. son sociedades anónimas independientes, constituidas bajo las leyes de la República Argentina, cuyos respectivos accionistas limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas de acuerdo a la Ley 19.550. Por consiguiente, se informa que los accionistas locales o de capital extranjero no responden, en exceso de la citada integración accionaria, por las obligaciones emergentes de las operaciones concertadas.
Banco Santander Rio S.A. informa los límites máximos de concentración que el Banco considera adecuados para invertir en Fondos Comunes de Inversión y manifiesta que la contratación de los productos por encima de estos límites puede resultar inadecuada. Los porcentajes mencionados aplican a la sumatoria de los siguientes Fondos Comunes de Inversión: SUPERBONOS INTERNACIONALES, SUPERGESTIÓN INTERNACIONAL, SUPERFONDO DÓLARES PLUS, SUPERFONDO RENTA LATINOAMÉRICA, SUPERFONDO RENTA FUTURA, SUPERFONDO LATINOAMÉRICA, SUPERFONDO ACCIONES BRASIL, SUPERFONDO ACCIONES, SUPERFONDO RENTA VARIABLE, SUPERGESTIÓN MULTIMERCADO.
Clientes con perfil de riesgo Conservador: no más del 20% del patrimonio financiero invertido en el banco. Clientes con perfil de riesgo Moderado: no más del 40% del patrimonio financiero invertido en el banco. Clientes con perfil de riesgo Agresivo: no más del 60% del patrimonio financiero invertido en el banco. Conocé más de cada perfil desde aquí.
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Banco Santander S.A. es una sociedad anónima según la ley argentina. Ningún accionista mayoritario de capital extranjero responde por las operaciones del banco, en exceso de su integración accionaria (Ley 25.738) CUIT: 30-50000845-4. Domicilio de Banco Santander S.A. Av. Juan de Garay 151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación N° 72 inscripto ante la Comisión Nacional de Valores. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
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ARTICULO 10 ter de la Ley 24.240: Modos de Rescisión. Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.
La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario.
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