Pasos previos para recibir divisas desde el exterior
¿Qué debo tener en cuenta antes de realizar una operación?
Puntos a tener en cuenta:
- Para recibir estos fondos, tenés que tener una cuenta en Santander a tu nombre.
- Una transferencia de este tipo se realiza a través de una red segura de comunicación entre bancos de distintos países. Para recibir los fondos en Argentina, quien los envía debe instruir a su banco del exterior a transferir a través de un mensaje “Swift” en Formato “MT 103”.
El detalle del circuito es el siguiente:
Para empezar, tenés que informarle al ordenante (emisor/quien te enviará los fondos) de la transferencia las “instrucciones” o “ruta” que debe utilizar a fin de poder direccionar los fondos correctamente a tu cuenta en Santander.
Dichas instrucciones varían según la moneda que vayan a transferirte, ya que para cada moneda se utilizan distintos bancos “corresponsales” o “intermediarios”.
Consulta desde aquí esas instrucciones.
Te recomendamos enviar las instrucciones que correspondan indicando claramente tus datos personales en el PDF (nro. de sucursal; nro de cuenta; nombre completo; y DNI o CUIL) y enviárselas por mail a quien vaya a transferirte los fondos desde el exterior para que las pueda presentar en su banco al momento de realizar la transferencia. Es importante que al momento de detallar tu cuenta lo hagas incluyendo el numero de sucursal, o bien podés ingresar directamente tu CBU completo que contiene todos los datos de sucursal y cuenta.
Una vez que te confirmen que ya se efectivizó el envío de divisas desde el banco ordenante del exterior tené en cuenta que puede demorar entre 48 y 72 horas hábiles en llegar a Santander Argentina, dependiendo del país desde el cual te transfieran.
En cuanto recibamos los fondos generaremos una ORDEN DE PAGO a tu nombre y te enviaremos un email a la casilla que tengas asociada al banco en “Mensajes y Avisos” para avisarte que ya podés liquidarla en tu cuenta por alguno de los medios habilitados.
Como acreditar una orden de pago recibida en tu cuenta
Si recibiste una orden de pago y ya tenés el aviso con todos los datos de la misma (número de operación, monto, moneda, etc), tenés que instruir a SANTANDER para que podamos acreditar los fondos en tu cuenta.
Para esto tenés dos canales habilitados:
- ONLINE BANKING: En pocos pasos, sin necesidad de imprimir formularios ni acercarte a una sucursal, y operando desde cualquier dispositivo podés cargar tu solicitud desde ONLINE BANKING para que acreditemos tu orden de pago en tu cuenta. Accedé desde aquí al paso a paso. Si tenes dudas respecto al CONCEPTO que corresponde al motivo por el cual recibís estos fondos, podes consultar desde aquí el listado de conceptos habilitados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)
- SUCURSAL: si preferís hacerlo desde tu sucursal, tenés que presentar el formulario “6-234 – Formulario único de compra de cambio” al que podes acceder desde aquí.
Para completarlo vas a necesitar además de los datos de la orden de pago que recibiste, declarar el concepto o motivo por el cual recibiste estos fondos del exterior. Accedé desde aquí al listado de conceptos habilitados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para ingresar divisas recibidas del exterior. En este mismo listado vas a poder consultar la documentación de respaldo que debes adjuntar cuando presentes el formulario en tu sucursal.
IMPORTANTE:
Si recibiste estos fondos como contraprestación por haber exportado BIENES o SERVICIOS, la COMUNICACIÓN A 6770 del BCRA te obliga a liquidarlos dentro los 5 días hábiles contando desde el día en que recibiste la orden de pago inclusive, debiendo acreditar los fondos en tu cuenta en PESOS.
Documentación de respaldo a presentar
La documentación que tengas que presentar para respaldar o demostrar el motivo por el cual recibiste estos fondos del exterior dependerá del concepto BCRA que hayas ingresado en el formulario 6-234 siendo el que mejor se ajusta a la operatoria que estás haciendo.
Accede desde aquí al listado de conceptos y consulta que documentación de respaldo aplica en cada caso.
Algunos ejemplos son:
I07 – TRANSFERENCIAS PERSONALES: no necesitas adjuntar documentación de respaldo para acreditar tu orden de pago si la recibiste de otra persona física del exterior, con el formulario 6-234 es suficiente.
A07 – DEPOSITOS DE RESIDENTES EN EL EXTERIOR: Si los fondos que recibiste te los enviaste vos mismo desde una cuenta tuya en el exterior, no necesitas adjuntar documentación de respaldo, con el formulario 6-234 es suficiente.
CONCEPTOS POR EXPORTACION DE BIENES (CODIGOS B): Si los fondos que recibiste corresponden al cobro por exportación de bienes, tenés que adjuntarnos factura definitiva o proforma y copia del permiso de embarque según el código que corresponda.
CONCEPTOS POR EXPORTACION DE SERVICIOS (CODIGOS S): Si los fondos que recibiste corresponden al cobro por exportación de servicios que prestaste a un residente del exterior, tenés que adjuntarnos factura o contrato o documentación extra según el código que corresponda.
Comisiones que aplican
Generalidades a tener en cuenta:
- Importe de la comisión varía según monto de divisa ingresado.
- La comisión por Canje/arbitraje se aplica solo cuando acredita su cuenta en DOLARES.
- A todo importe debe sumarle el IVA (21%)
A modo de ejemplo para el cálculo de comisiones:
Si recibiera USD 10.000 y los acreditara en su cuenta en DOLARES, las comisiones a considerar serian:
USD 50 por importe según monto (recordar que es el 0.20% con un mínimo de USD 50)
USD 12.5 por canje (corresponde al 0.125%)
Total = USD 62.5 + IVA
Final = USD 75.62